AREUS, S.L.

De conformidad con lo requerido en los artículos 370 de la Ley de Sociedades de Capital y 242 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace constar que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, celebrada el día 29 de diciembre de 2016, acordó por unanimidad la reactivación de la sociedad, al haber desaparecido la causa de disolución voluntaria, al ser actualmente posible le consecución del fin social.

Se informa que, en razón a la simultánea reducción y ampliación de capital realizada, el patrimonio contable no es inferior al capital social y que en ningún momento ha comenzado el pago de la cuota de liquidación a los socios.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la reactivación en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la reactivación, en los términos establecidos en el art. 370 de la Ley de Sociedades de Capital.

Zaragoza, 30 de diciembre de 2016.- El Administrador único.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 109 del Lunes 12 de Junio de 2017. Avisos y Anuncios Legales, Reactivación De Empresas.

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