BARANCA STREAM, S.L.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) KARJEDON SOLAR, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LMESM") y disposiciones concordantes, aplicable por remisión expresa del articulo 73.1 LMESM se hace público que en fecha 26 de abril de 2017,la sociedad, BARANCA STREAM, S.L.U. celebró una Junta Universal en la que por decisión del Socio Único, se aprobó la escisión parcial sin extinción de BARANCA STREAM, S.L.U. a favor de la sociedad KARJEDON SOLAR, S.L consistente en el traspaso en bloque y por sucesión universal de una parte del patrimonio de la Sociedad Escindida, que forma una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria, y quedando subrogada la Sociedad Beneficiaria en todos los derechos y obligaciones recibidos de la sociedad parcialmente escindida

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto Integro del acuerdo adoptado y del balance de escisión. Se informa igualmente del derecho de oposición que corresponde a los acreedores, que podrá ser ejercido en los términos establecidos en el articulo 44 de la citada Ley 3/2009.

Madrid, 27 de abril de 2017.- El Administrador único, David García Gómez.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 85 del Lunes 8 de Mayo de 2017. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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