ESTUDIOS TECNICOS DE COMPUTADORAS SL

Modificaciones estatutarias

Artículo 24.- Nombramiento de administradores. Para ser nombrado administrador no será necesario ostentar la cualidad de socio. Su nombramiento y su separación, que podrán ser acordados en cualquier momento, competen a la Junta General, quien fijará en cada momento la duración del cargo, que podrá.

Datos registrales

T 814 , F 102, S 8, H VA 9873, I/A 5 (26.06.15).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 124 del Viernes 3 de Julio de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.

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