INMOBILIARIA MIGUEL SECO SOCIEDAD LIMITADA

Modificaciones estatutarias

20. Administración y Representacion.-ARTICULO 20º.- Los administradores tendrán una retribución en cantidad fija anual, que determine para cada ejercicio la junta general, si bien podrá ser detraída mensualmente. Si alguno de los administradores prestase a la sociedad servicios por los trabajos.

Datos registrales

T 394 , F 116, S 8, H LO 4994, I/A 6 ( 7.07.14).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 131 del Lunes 14 de Julio de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.

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