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19. - CARACTER RETRIBUTIVO DEL CARGO DE ADMINISTRADOR. El cargo de Administrador será retribuido y compatible con el sueldo que perciba si además es empleado de la sociedad. La retribución será una cantidad fija que, anualmente será fijadapara cada ejercicio por la Junta General, pudiendo ser.
T 2046 , F 31, S 8, H Z 129, I/A 5 (11.06.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 113 del Martes 18 de Junio de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.