SOLVICE, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA) GRUP SOLBAR 2012, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las sociedades Solvice, S.L. y Grup Solbar 2012, S.L., celebradas ambas el día 2 de mayo de 2012, acordaron unánimemente la segregación de parte del patrimonio de la sociedad Solvice, S.L., constitutiva de una unidad económica independiente, en favor de de la sociedad beneficiaria de la segregación Grup Solbar 2012, S.L.

La sociedad segregada traspasará en bloque, sin extinguirse y por sucesión universal, dicha unidad económica a favor de la sociedad beneficiaria, recibiendo a cambio la sociedad segregada las participaciones sociales creadas en el aumento de capital llevado a cabo por la sociedad beneficiaria de la segregación.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la segregación a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de segregación, así como el derecho que corresponde a los acreedores de oponerse a la operación de segregación en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo, todo ello conforme a los artículos 43 y 44 de la citada Ley 3/2009.

Barcelona, 14 de diciembre de 2012.- Albert Sola Maristany, Administrador solidario de Solvice, S.L. y representante persona física de la sociedad Grup Solplay, S.L. Administradora solidaria de Grup Solbar 2012, S.L.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 247 del Jueves 27 de Diciembre de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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