SOCIEDAD REGIONAL DE PROMOCION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SOCIEDAD ANONIMA

Modificaciones estatutarias

Artículo 15º.- Para la convocatoria, constitución y celebración de las juntas generales, tanto ordinarias como extraordinarias, se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. En particular, en lo que respecta a la convocatoria de la Junta, esta deberá realizarse.

Datos registrales

T 2865 , F 60, S 8, H AS 2188, I/A 180 ( 9.07.12).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 137 del Jueves 19 de Julio de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.