ENERGÍAS RENOVABLES DE ÁVILA, S.A.

Ampliación de capital social.

Por acuerdo de la Junta general extraordinaria y universal de accionistas de la entidad "Energías Renovables de Ávila, S.A.", celebrada el 6 de junio de 2012, se pone en conocimiento de todos los accionistas de la entidad, que dicha Junta general extraordinaria y universal de accionistas adoptó el acuerdo formal de aumentar el capital social de la entidad actualmente fijado en 519.860,30 euros, hasta la cifra de 599.861,80 euros, esto es, un aumento del capital social de la compañía de hasta 80.001,50 euros.

Dicho aumento de capital se hará, en su caso, mediante la emisión y puesta en circulación de hasta 26.230 nuevas acciones de la misma clase y valor nominal que las actuales, esto es, tres con cinco céntimos (3,05) de euro por acción, las cuales deberán ser desembolsadas íntegramente en el momento de su suscripción.

El indicado aumento de capital se llevará a cabo con arreglo a las siguientes condiciones y características:

I. Tal y como dispone el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, los señores accionistas podrán ejercitar su derecho preferente a suscribir las acciones procedentes de la ampliación acordada, en la proporción que más adelante se indica. Las personas interesadas en ejercitar total o parcialmente su derecho de suscripción preferente sobre las nuevas acciones emitidas deberán dirigir al Órgano de Administración de la Sociedad, antes de que expire el plazo de un mes a contar desde la publicación del preceptivo anuncio de la oferta de suscripción en el BORME, una carta manifestando el ejercicio del derecho de suscripción que les asiste e indicando las acciones que pretende suscribir y deberán llevar a cabo el ingreso de su contravalor en la cuenta abierta a nombre de la sociedad "Energías Renovables de Ávila, S.A.", en la entidad "La Caixa" cuenta número 2100-8740-59-0200006524, indicando claramente la identificación del accionista suscriptor mediante su denominación social y como concepto de suscripción en aumento de capital. El importe deberá cubrir la totalidad del valor nominal de las acciones objeto de suscripción.

II. Los actuales accionistas podrán suscribir y desembolsar un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean en el capital social pudiendo, en lo menester, transmitir el derecho de suscripción preferente que les asiste.

III. En su caso, transcurrido el plazo de un mes, se abrirá, un nuevo período de cinco (5) días naturales durante el cual únicamente los accionistas que hayan ejercitado totalmente su derecho de suscripción podrán suscribir y desembolsar las acciones no suscritas. Si existieren varios accionistas interesados en asumir las acciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a la participación que cada una de ellas ya tuviere en el capital social.

Durante los cinco (5) días naturales siguientes a la finalización del plazo anterior, el Órgano de Administración podrá adjudicar las acciones no suscritas a terceros extraños a la Sociedad.

Finalizado este último plazo se propone delegar en el Órgano de Administración la ejecución del aumento de capital, la determinación de la cifra de capital social definitiva, en función de las suscripciones efectuadas (suscripción incompleta), así como la redacción final del artículo 7º y 8º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

Por último, se pone en conocimiento de los señores accionistas, que todos los documentos correspondientes a la ampliación de capital que ha sido aprobada por la mencionada Junta General de Accionistas se encuentran en el domicilio social de la Compañía, a disposición de los accionistas que deseen copia de los mismos, los cuales serán entregados de forma inmediata y gratuita.

Madrid, 6 de junio de 2012.- Manuel Farnós Jaques, Secretario no Consejero del Consejo de Administración.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 129 del Lunes 9 de Julio de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Aumento De Capital.

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