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Artículo 24º.- Toda Junta General ordinaria y extraordinaria ha de ser convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad o por cualquier procedimiento de comunicación, individual y escrita, que asegure la recepción del mismo por todos los socios en el domicilio designado al.
T 744 , F 3, S 8, H LO 1812, I/A 24 (13.03.12).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 58 del Viernes 23 de Marzo de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.