ROGLO INVERSIONES, S.L.

En cumplimiento de lo acordado por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, mediante Auto de 30 de septiembre de 2011, se convoca Junta General Ordinaria y Extraordinaria de la sociedad Roglo Inversiones, S.L., que se celebrará el día 14 de diciembre de 2011, a las 10,00 horas, en la calle Laguna de Marquesado, n.º 24J, polígono "La Resina" de Villaverde Alto, de Madrid, con la presencia de un Notario para que levante acta de dicha Junta, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación de las cuentas anuales del ejercicio social comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008.

Segundo.- Aprobación de la gestión social del órgano de administración del ejercicio comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008.

Tercero.- Traslado del domicilio social a Cornellá de Llobregat (Barcelona), calle Antonio Alcalá Galiano, 37, aprobando, en su caso, la nueva redacción estatutaria del artículo 1.º de los Estatutos sociales, no afectando dicha modificación a los supuestos previstos en el art. 95 de la Ley de Sociedades Limitadas (346 LSC).

Cuarto.- Modificación de la forma de convocar la Junta General, aprobando en su caso, que se convoque mediante anuncio publicado en determinado diario de circulación en el término municipal en que esté situado el domicilio social y aprobar, en su caso, la nueva redacción estatutaria del artículo 6.º, 1.º de los Estatutos sociales, no afectando dicha modificación a los supuestos previstos en el art. 95 de la Ley de Sociedades Limitadas (346 LSC).

Quinto.- Cese de los Administradores mancomunados; modificación del modo de organizar la Administración social pasando de Administradores mancomunados a Administrador único y nombrar a un Administrador único de la sociedad, aprobando, en su caso, la nueva redacción estatutaria del articulo 7.º de los Estatutos sociales.

Sexto.- Ruegos y preguntas.

A partir de esta fecha de publicación, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como el informe de gestión y, en su caso, el informe de los Auditores de cuentas. El socio o socios que representen, al menos el cinco por ciento del capital, podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de experto contable, los documentos que sirvan de soporte y de antecedente de las cuentas anuales. Lo anterior no impide ni limita el derecho de la minoría a que se nombre Auditor de cuentas con cargo a la sociedad. Los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta General o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día.

Madrid, 24 de octubre de 2011.- Don Francisco Manuel Redondo Salinas, Administrador mancomunado Roglo Inversiones, S.L.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 210 del Viernes 4 de Noviembre de 2011. Avisos y Anuncios Legales, Convocatorias De Juntas.

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