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ARTICULO 11.- ORGANO DE ADMINISTRACION O GERENCIA: La representación, administración, o dirección de la Sociedad, así como el uso de la firma social, quedará atribuido al órgano que configure la Junta General, de entre los admisibles legalmente, es decir: a) Un administrador único. En este caso el.
T 3594, L 3594, F 192, S 8, H PO 48836, I/A 2 ( 8.02.11).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 34 del Viernes 18 de Febrero de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.