GIROEXPRESS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Oferta de suscripción de acciones por ampliación de capital

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en adelante L.S.A., y para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de «Giroexpress, Sociedad Anónima», se comunica que el Consejo de Administración mediante acuerdos por escrito y sin sesión de fecha 15 de febrero de 2008, al amparo de lo establecido en el artículo 153.1.b) de la L.S.A. y de la delegación concedida por la Junta general extraordinaria de accionistas celebrada en segunda convocatoria en Madrid, paseo de la Castellana, 216, planta 17, el pasado día 22 de enero de 2008, ha adoptado, entre otros acuerdos, el acuerdo de llevar a cabo el aumento de capital de la sociedad acordado por la Junta, con arreglo a los siguientes términos y condiciones:

1. Importe de la ampliación y acciones a emitir: El capital social se aumenta en la cantidad de 130.000 euros mediante la emisión de 130.000 nuevas acciones de la Serie 1 de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1.992.421 al 2.122.420, ambas inclusive, con los mismos derechos y obligaciones que las emitidas hasta la fecha de la misma serie.

2. Suscripción y desembolso: Las aportaciones dinerarias se desembolsarán íntegramente al momento de la suscripción, mediante su ingreso en la cuenta abierta a nombre de la Sociedad en la entidad «Banco Sabadell Atlantico» señalada con el código cuenta cliente identificativo siguiente: 0081-5276-16-0001013810.3. Derecho de suscripción preferente y período de su ejercicio. Se reconoce a favor de los señores accionistas el derecho de suscripción preferente, en los términos establecidos en la Ley y los Estatutos sociales, de un número de acciones proporcional al que poseen; tal derecho habrá de ejercitarse en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de suscripción de suscripción de nueva emisión en el Borme.4. Asignaciones adicionales. En el caso de que el aumento no se suscriba íntegramente dentro del plazo fijado anteriormente, el Consejo de Administración deberá ofrecer las acciones no suscritas a los accionistas que hubiesen ejercido su derecho de suscripción preferente durante un plazo de 15 días desde la conclusión del plazo anterior para el ejercicio del derecho de suscripción preferente. Los accionistas que suscriban acciones en este período deberán igualmente desembolsar íntegramente al momento de la suscripción las aportaciones dinerarias que correspondan en la misma forma establecida anteriormente.5. Ampliación incompleta. Se admite la posibilidad que la suscripción sea incompleta, y finalizados dichos plazos las acciones no suscritas en ninguna de las formas antes previstas, quedarán anuladas y la ampliación quedará fijada en el nominal de las acciones suscritas.

Lo que se pone en general conocimiento de los accionistas interesados en acudir a la suscripción de nuevas acciones como consecuencia de la ampliación de capital, en la forma acordada por la referida Junta general extraordinaria de esta sociedad.

Madrid, 25 de febrero de 2008.-La Vice-secretaria del Consejo de Administración, Elsa Puentes Hernández.-10.855.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 46 del Jueves 6 de Marzo de 2008. .

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