ING REAL ESTATE DEVELOPMENT SPAIN HOLDING, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbente) DESARROLLO COMERCIAL URBANO DE ALCALÁ XXI, S. A. Unipersonal DESARROLLO COMERCIAL URBANO DE LOGROÑO, S. A. Unipersonal DESARROLLO LOGÍSTICO DE TORREJÓN, S. A. Unipersonal ALMACENES TORREJÓN DISTRIBUCIÓN, S. A. Unipersonal PROMOTORA DE CENTROS DE PROXIMIDAD, S. A. Unipersonal GASTEIZ 2000, S. A. Unipersonal DESARROLLO COMERCIAL URBANO DE VIGO, S. A. Unipersonal REAL ESTATE DEVELOPMENT CASTELLÓN, S. A. Unipersonal P

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la LSA, se anuncia que el accionista único de las referidas sociedades, acordó, respectivamente, el 1 de junio de 2006, los siguientes acuerdos:

1. La fusión por absorción por la sociedad ING Real Estate Development Spain Holding, S.A. Unipersonal de (I) Desarrollo Comercial Urbano de Alcalá XXI, S.A. Unipersonal (II) Desarrollo Comercial Urbano de Logroño, S.A. Unipersonal (III) Desarrollo Logístico de Torrejón, S.A. Unipersonal (IV) Almacenes Torrejón Distribución, S.A. Unipersonal, (V) Promotoras de centro de Proximidad, S.A. Unipersonal (VI) Gasteiz 2000, S.A. Unipersonal (VII) Desarrollo Comercial Urbano de Vigo, S.A. Unipersonal (VIII) Real Estate Development Castellón, S.A. Unipersonal (IX) Pamplona Investments, S.A. Unipersonal y (X) Desarrollo Comercial Urbano de Castellón, S.A., con disolución de las sociedades absorbidas y la asunción en bloque por la sociedad absorbente de todos los derechos y obligaciones dimanantes de las sociedades absorbidas y sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, conforme a los balances de fusión de las sociedades absorbente y absorbidas cerrados a 31 de diciembre de 2005.

Se hace constar que los accionistas y los acreedores de la Sociedad Absorbente y las respectivas Sociedades Absorbidas, tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, los Balances de Fusión así como el proyecto de fusión de fecha 5 de abril de 2006, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 18 de mayo de 2006.

Durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio, los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a dicha fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 2 de junio de 2006.-Secretario no Consejero del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y de las sociedades absorbidas, Rafael Alonso Dregi.-36.166. 1.ª 12-6-2006

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 109 del Lunes 12 de Junio de 2006. .