VILLAMEJOR SIGMA SERVICIOS Y DISTRIBUCIÓN, S.A. (Sociedad absorbente) COSECHEROS ABASTECEDORES, S.A. (CASA) (Sociedad absorbida)

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que la Junta General Universal y Extraordinaria de Accionistas de Villamejor Sigma Servicios BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL y Distribución, S. A., en reunión celebrada c/ Fortuny número 37, planta tercera, 28010 Madrid, el día 29 de junio de 2004 y la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Cosecheros Abastecedores, S. A., en reunión celebrada, el día 29 de junio de 2004, han acordado por unanimidad la fusión de Villamejor Sigma Servicios y Distribución, S. A.

(sociedad absorbente) y de Cosecheros Abastecedores, S. A. (sociedad absorbida) mediante la disolución sin liquidación de esta, y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida en los términos previstos en el Proyecto de Fusión suscrito por los Administradores de estas sociedades el día 17 de marzo de 2004, adaptado en fecha 14 de abril de 2004 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, Proyecto de Fusión que ha resultado aprobado de conformidad con lo previsto en el art. 234.3 del la Ley de Sociedades Anónimas.

Dichas Juntas acordaron, asimismo, tomar como Balance de Fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2003 y auditados por la firma PricewaterhouseCoopers.

Asimismo se hace constar que en la Junta General Universal de Accionistas de Villamejor Sigma Servicios y Distribución, S. A., se arcordó el cambio de denominación social por el de "Grupo de Bodegas Vinartis, S. A.".

Se hace constar expresamente, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 6 de julio de 2004.-El Vicesecretario del Consejo de Administración, Pedro Sangro Gómez-Acebo.-35.828. 2.a 16-7-2004.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 137 del Viernes 16 de Julio de 2004. .

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