UMVA ALQUILER, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida) VAMASA MAQUINARIA, S.L. UMESA PLATAFORMAS, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedades beneficiarias)

Anuncio de escisión total Se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de "Umva Alquiler, Sociedad Limitada", de "Vamasa Maquinaria, Sociedad Limitada", y de "Umesa Plataformas, Sociedad Limitada", celebradas con carácter de Universal el día 30 de marzo de 2004, han aprobado, por unanimidad, la escisión total de "Umva Alquiler, Sociedad Limitada", con disolución de ésta y división de su patrimonio en dos partes iguales, las cuales se traspasarán en bloque a las sociedades, previamente existentes, denominadas "Vamasa Maquinaria, Sociedad Limitada" y "Umesa Plataformas, Sociedad Limitada", las cuales detentan cada una de ellas el 50 por 100 del capital social de la sociedad escindida. La escisión se acordó en los términos del Proyecto de Escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, y en base al Balance de Escisión de fecha 31 de diciembre de 2003 aprobado en esa misma Junta.

Las operaciones realizadas por la sociedad escindida se entenderán realizadas a efectos contables por las sociedades beneficiarias a partir del 1 de enero de 2004. Los elementos del activo y del pasivo de la sociedad que se extingue que no se hubieran atribuido de manera específca en el momento del acuerdo de escición, se atribuirán por partes iguales a cada una de las sociedades beneficiarias. No se establecen ventajas de ningún tipo para los administradores de las sociedades beneficiarias. Se hace expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243, en relación con el artículo 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, del derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad "Umva Alquiler, Sociedad Limitada" que se escinde y a los socios de las sociedades beneficiarias, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Escisión, así como del derecho de los acreedores de la sociedad escindidad y de los acreedores de las sociedades beneficiarias a oponerse al Acuerdo de Escisión en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del Acuerdo de Escición.

Ajalvir (Madrid), 26 de abril de 2004.-Los Administradores, Víctor Cambralla Balaguer y Gaspar Puig Fabrega.-21.421. 2.a 21-5-2004.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 97 del Viernes 21 de Mayo de 2004. .