GRUPO COMERCIAL SAMEN, S. L. (Sociedad absorbente) COMERCIAL SAMEN, S. L. COMERCIAL SAMEN GERNIKA, S. A. COMERCIAL SAMEN MADRID, S. L. COMERCIAL SAMEN PAMPLONA, S. L. COMERCIAL SAMEN VALLADOLID, S. L. SAMEN CANTABRIA, S. L. COMERCIAL SAMEN RIOJA, S. L. SAMEN CASTILLA, S. L. SAMEN VITORIA, S. L. SAMEN GUIPÚZCOA, S. L. MUGA TXIGUNDI, S. A. (Todas ellas sociedades unipersonales y absorbidas)

Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales universales de socios de "Grupo Comercial Samen, Sociedad Limitada", sociedad absorbente, y de "Comercial Samen, Sociedad Limitada", "Comercial Samen Gernika, Sociedad Anónima", "Comercial Samen Madrid, Sociedad Limitada", "Comercial Samen Pamplona, Sociedad Limitada", "Comercial Samen Valladolid, Sociedad Limitada", "Samen Cantabria, Sociedad Limitada", "Comercial Samen Rioja, Sociedad Limitada", "Samen Castilla, Sociedad Limitada", "Samen Vitoria, Sociedad Limitada", "Samen Guipúzcoa, Sociedad Limitada" y "Muga Txingudi, Sociedadd Anónima", todas ellas sociedades unipersonales y absorbidas, acordaron, el día 30 de julio de 2002, la fusión de las sociedades antedichas en los términos recogidos en el proyecto de fusión suscrito el 28 de junio de 2002 por el órgano de administración de todas las sociedades intervinientes, que ha sido depositado en los Registros Mercantiles de Vizcaya, Madrid, Navarra, Valladolid, Cantabria, Guipúzcoa, La Rioja, Burgos y Álava, con la consiguiente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso de todos sus bienes, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, siendo la fecha de efectos contables la de su inscripción.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a oponerse a esta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, según lo dispuesto en el artículo 243 del mismo cuerpo legal.

Bilbao, 30 de julio de 2002.-El órgano de administración de las sociedades intervinientes.-37.957.

2.a 14-8-2002.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 154 del Miércoles 14 de Agosto de 2002. .

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