SISTEMAS BEJERMAN S.A. - 02/05/2013

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Por Asamblea Extraordinaria de fecha 09/04/2013 se resolvió por unanimidad modificar el artículo décimo cuarto del Estatuto Social, que quedará redactado de la siguiente forma: ARTICULO DECIMO CUARTO: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables de acuerdo a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia.

Las ganancias realizadas y líquidas de destinarán:

1) el cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital social, al fondo de Reserva Legal;

2) a remuneración del directorio y sindicatura, en su caso;

3) el saldo tendrá el destino que decida la asamblea.

Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción.” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 09/04/2013. Tamara Novakovich Tº: 92 Fº: 475 C.P.A.C.F. e. 02/05/2013 Nº 30623/13 v. 02/05/2013

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 2 de Mayo de 2013

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