JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 7 - 02/05/2013

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Juzgado Nacional de 1a. Instancia en lo Comercial 7, Secretaría 14, sito en Av. R. Sáenz Peña 121, piso 2º, comunica por cinco días en el juicio Expte. 072879, que el martillero Alberto E. Bieule, (CUIT 20‑04198920‑4) rematará el día jueves 23 de MAYO de 2013 a las 10,45 hs, EN PUNTO, en el local de la calle Jean Jaurés 545, C.A.B.A., los siguientes inmuebles sitos en la Ciudad y Pcia. de San Luis:

a) calle Mendoza Nº 50, e/Buenos Aires y Julio A. Roca, Nom. Cat. C 2, S. 3, M. 69, P. 210, inscripto dominialmente al Tomo 142 (ley 3236) de Capital, Folio 335, Nº 46229.‑ Se trata de un depósito de 650 m2., con dos habitaciones y baño, ocupado por el fallido con cuidador a su cargo.‑ Sup. 990,13 m2.‑ Base $ 232.405,32; Visitar: 17 y 20 de MAYO de 2013 de 08,30 a 10,30 hs.

b) calle Ciudad del Rosario, esq. Riobamba, Nom. Cat. C 2, S. 10, M.43, P. 55, inscripto dominialmente al Tomo 123 (ley 3236) de Capital, Folio 464, Nº 39255, consta de 5 locales en P.B. y dos departamentos en P.A. cada uno con garaje, living‑comedor, cocina, baño y dos dormitorios, desocupado y los locales todos ocupados por comodatarios a título verbal que no abonan canon alguno y solventan servicios e impuestos municipales, siendo su estado de conservación regular.‑ Sup. 275,71 m2.‑ Base de $ 371.408,00; Visitar 17 y 20 DE MAYO de 2013 de 15 a 17 hs. y

c) calle Brown e/Mendoza y Santa Fe, con entrada por calle Mendoza, Nom. Cat. C2, S5, M.123, P.13, inscripto dominialmente al Tomo 151 (ley 3236) de Capital, Folio 280, Nº 1599, y consta de un depósito de paredes de material con techo parabólico sin chapas que ocupa el terreno de 650 m2., ocupado por el Sr. Rafael Lorca a título de comodato sin abonar servicios ni canon alguno, estado de conservación regular.‑ Sup. 660 m2.‑ Base de $ 114.404,00.‑ Visitar 17 y 20 de MAYO de 2013 de 11,00 a 13,00 hs. Todo al contado y mejor postor.‑ Comisión 3%, Seña 30%, sellados de ley y 0,25% Arancel Subasta Judicial, todo en efectivo en el acto del remate.‑ En cuanto a los contratos que el fallido pudiera haber celebrado con los ocupantes de los inmuebles con posterioridad al decreto de quiebra, señalase que resultan ineficaces en los términos del art. 109 LCQ por tratarse de actos realizados por el fallido sobre los bienes desapoderados, en contravención con lo dispuesto por el art. 107 LCQ.‑ El comprador deberá constituir domicilio en Capital Federal y depositar el saldo de precio dentro del quinto día de aprobada la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento previsto por el art. 580 del Cod. Proc.‑ Queda prohibida la compra en comisión como así también la ulterior cesión del boleto que se extienda.‑ Las deudas de los inmuebles en concepto de tasas, impuestos o contribuciones de carácter nacional, provincial o municipal, devengadas desde el decreto de quiebra hasta la aprobación de la subasta, constituirán gastos del concurso, encontrándose a cargo del adquirente las que se originen con posterioridad a la mencionada aprobación.

Buenos Aires, 17 de abril de 2013. Diego H. Vázquez, secretario.

e. 26/04/2013 Nº 27166/13 v. 03/05/2013

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 2 de Mayo de 2013

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