Edicto publicado el 14/12/2009

Nº 19 Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19 a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría Nº 37 a mi cargo, sito en M. T. de Alvear 1840, P.B., Cap. Fed., comunica por cinco días en autos “Frigorífico Yaguane S.A. s/Quiebra s/Inc. de Realización de Bien Inmueble (Matanza)” , Expediente Nº 48.301 (Reservado), (CUIT Fallida 30-53888796-6), que el martillero Lorenzo Ezcurra Bustillo (CUIT: 20-10134077-6) rematará el día 22 de Diciembre de 2009, a las 10:45 horas en punto en la Dirección de Subastas Judiciales, con sede en la Corporación de Rematadores, calle Tte.Gral. J. D. Perón 1233, Cap. Fed., el 100% del inmueble ubicado en calle Ventura Yanzi Nros. 2173 y 2175 entre las de María Pita y Lácar —Paraje Barrio Central— localidad de Rafael Castillo del Partido de La Mantanza, Pcia. Buenos Aires. Mat.: 44.548. Nom. Cat.: Circ. IV - Secc. N - Manz. 278 - Parc. 14 - Superficie Total del terreno: 325 m2. Fotos a fs. 106/07 - 140/44 y 154/59. Planc. Cat. fs. 139. Conforme surge de los informes del Martillero obrantes a fs. 145/46 y 160/61, en el Nº 2173 de la arteria mencionada, local comercial desocupado de aproximadamente 3 x 11 mts. con pequeño baño interno y pasillo lateral hasta el fondo de la construcción donde se ubica una cocina y salida al exterior, donde se ubica otro pequeño baño. En regular estado de conservación.

En el Nº 2175 local comercial donde funciona carnicería “Frigorifico Yanzi” informando el Sr. Claudio Daniel Nuñez ser el encargado de dicho comercio indicando que su empleador ocupa el inmueble en calidad de inquilino desde hace aprox.

un año, sin exhibir documentación sobre lo manifestado.

Dicho local se compone de salón de atención al público y a continuación ambiente de desposte, cámara frigorífica y baño. En general en normal estado de conservación.

Condiciones: “ad - corpus” , al contado y mejor postor.

Base: $ 56.667 .- (ambos locales en block) Seña: 30% - Comisión: 3% más IVA s/ la misma - Arancel 0.25 Acordada 10/99 y 24/00 CSJN, y sellado del boleto de corresponder, en efectivo en el acto del remate.

El comprador deberá depositar el saldo de precio dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 580 del CPCC. Asimismo el comprador abonará todos los gastos que demande, la transferencia del bien y su inscripción en cabeza del adquirente.

Se prohibe la compra en comisión y ulterior cesión del boleto de compraventa.

Los impuestos, tasas y contribuciones devengados con anterioridad al decreto de quiebra deberán ser objeto de verificación en autos por los organismos respectivos, las acreencias post - concursales deberán ser pagadas con fondos de la quiebra hasta la toma de posesión por parte del adquirente, en tanto que las generadas con posterioridad a dicha posesión serán a cargo del comprador.

Deudas: Municipalidad: fs. 9/15 al 4/3/05 $ 1.375,16. Rentas: fs. 28/33 al 31/3/05 $ 1.799,30. Son recibidas ofertas bajo sobre hasta las 10:00 hs. del día anterior a la subasta con requisitos de fs. 136. El comprador deberá constituir domicilio en la Capital Federal.

Exhibición: días 16 y 17 de diciembre de 2009 de 15:00 a 17:00. Buenos Aires, 2 de diciembre de 2009. María Fernanda Mazzoni, secretaria.

e. 09/12/2009 Nº 116516/09 v. 15/12/2009

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 14 de Diciembre de 2009

Expedientes judiciales relacionados

Frigorífico Yaguane S.A. s/Quiebra s/Inc. de Realización de Bien Inmueble (Matanza)

More options

Previous public notice

Next public notice

View summary of the Official Journal of Lunes 14 de Diciembre de 2009