Edicto publicado el 07/12/2006

Nº 91 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 91, Secretaría única, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, Piso 4º, de esta Capital, comunica por DOS DIAS que en los autos caratulados: “CERISOLA LEONOR ILDA e/ CORONEL BASILIO ELISEO, c/ DIVISIÓN DE CONDOMINIO” Ex. Nº 13799/97, el Martillero Juan Carlos Perez, rematará el día 14 de Diciembre de 2006 a las 11,00 hs. en punto, en Juan D. Perón 1233 de esta Capital, el inmueble sito la calle Cachimayo 364/ 66/72/78/80, UF Nº 2, PB de esta Capital.

Según constatación (fs. 406/407) consta de: zaguán de entrada, bajo escalera y hall de entrada; tres habitaciones, dos cocinas, un baño completo en PB, junto con un patio; en 1º piso que se accede por escalera de metal, una habitación pequeña con un pasillo y un baño incompleto.

Todo en regular estado de conservación.

Ocupado por el Sr. Juan Carlos Coronel en calidad de hijo del dueño, junto con Alejandra Cafarelli, ocupante; Mercedes Cruz y su hija menor de edad; Emilio Molina, todos ocupantes y no presentes en este acto. Dejando constancia que el domicilio denunciado por el autorizado es Cachimayo 378. Nomenclatura Catastral: Circ. 6; Sec. 40; .Manz. 18; Parc. 14. Matrícula: 6381/2. DEUDAS: GCBA (fs. 256) al 2/3/04 $ 1.490,47.- Ag. Arg. (fs. 251) al 19/2/04 $ 2.466,87.- OSN (fs. 237) al 16/7/03 sin deuda.

Expensas comunes (fs. 388) a Abril 2006 $ 9.596,94.- Se expidieron certificados de dominio e inhibición a Octubre 2006. La venta es AdCorpus.

Al Contado y al Mejor Postor.

BASE: $ 65.000.- SEÑA: 30%. COMISION: 3%. ARANCEL: 0.25%, a cargo del comprador.

Todo en dinero efectivo en el acto de la subasta.

Sup. tot. 163m2 73 dm2. En razón del art. 79 inc. 7 de la ley 24441 no se admite la compra en comisión ni la cesión de derechos, como tampoco el posterior pedido de indisponibilidad de fondos.

Las ofertas deberán ser realizadas en pesos, no se aceptan cheques ni divisas extranjeras y que de no exhibir el postor final el dinero de la seña, el martillero proseguirá con el acto de la subasta teniendo en cuenta la postura inmediatamente anterior.

El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de lo prescripto por el art. 579 del Cod. Proc. y que, sin necesidad de intimación alguna dentro del 5º día de aprobado el remate, deberá depositar el saldo de precio, de acuerdo al art. 580 del CPCC y bajo apercibimiento de lo normado por el art. 584 del CPCC. El adquirente no se encuentra obligado a afrontar las deudas que registre el inmueble por impuestos tasas y contribuciones anteriores a la toma de posesión cuando el monto obtenido en la subasta no alcance para solventarlos, con excepción de lo referido a expensas comunes, cuando el inmueble se encuentra sujeto al régimen de la Ley 13512, conf. CNCiv. en pleno del 18-2-99 en los autos: “SERVICIOS EFICIENTES S.A. c/ YABRA ISAAC Y OTROS s/ EJECUCION HIPOTECARIA”. Se fijan para exhibición los días 11 y 12 de Diciembre en el horario de 14,00 a 16,00 hs. Para más datos consultar el expediente, o al martillero, TE 45670216 y 1540300216. Buenos Aires, 4 de diciembre de 2006. Dolores Miguens, secretaria.

e. 07/12/2006 Nº 54.642 v. 11/12/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 7 de Diciembre de 2006

Expedientes judiciales relacionados

CERISOLA LEONOR ILDA e/ CORONEL BASILIO ELISEO, c/ DIVISIÓN DE CONDOMINIO

SERVICIOS EFICIENTES S.A. c/ YABRA ISAAC Y OTROS s/ EJECUCION HIPOTECARIA

More options

Previous public notice

Next public notice

View summary of the Official Journal of Jueves 7 de Diciembre de 2006