FER PLAST S.A. - 27/01/2006

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Por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 10/11/2005 los accionistas de “FER PLAST S.A.” en forma unánime deciden aumento del capital social, adecuación de Estatutos a la Ley 19.550, Reforma de Cláusulas 4ª, 5ª, 8ª y 9ª del Estatuto, inscripción de autoridades del Directorio y cambio de sede social.

“Cláusula Cuarta: El capital social es de pesos doscientos setenta y ocho mil ($ 278.000), representando 278.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un peso ($

1) de valor nominal y con derecho a un voto cada una”. “Cláusula Quinta: El capital puede aumentarse al quíntuplo por Asamblea Ordinaria mediante la emisión de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un peso ($

1) de valor nominal, emisión que la Asamblea podré delegar en el directorio en los términos del artículo 188 de (a Ley 19.550”. “Cláusula Octava: La dirección y administración de la sociedad está a cargo del directorio, integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporan al directorio por el orden de su designación.

El término de su elección es de dos ejercicios.

La asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración.

El directorio sesionará con la mitad más uno de sus titulares y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente.

En su primera reunión designará un Presidente, pudiendo, en caso de pluralidad de titulares, designar un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento.

Los directores titulares deberán constituir una garantía conforme al artículo 256 de la Ley de Sociedades Comerciales a favor de la sociedad, por el plazo que dure su mandato, más el período de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra, no pudiendo ser éste inferior a 3 (tres) años luego de culminado el mismo.

Cada director, como aval de su gestión, deberá constituir una garantía mínima de $ 10.000 (pesos diez mil), o la suma que establezca la normativa vigente, de acuerdo con lo dispuesto por el órgano de contralor, la garantía podrá consistir en bonos, títulos públicos, sumas de dinero en moneda nacional o extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad, fianzas o avales bancarios, seguro de caución o seguro de responsabilidad civil a favor de la sociedad.

El costo deberá ser soportado por el director.

El o los directores titulares o suplentes deberán acreditar el cumplimiento de la constitución al momento de asumir su cargo, y la vigencia de la garantía, al momento de las reuniones de directorio en el acta que decida convocar a asamblea.

El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del art. 1881 del Código Civil y del Art. 9º del Decreto Ley 5965/63. Podrá especialmente operar con toda ciase de bancos, entidades financieras o entidades crediticias oficiales o privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad.

La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en su caso”. “Cláusula Novena: La sociedad prescinde de la Sindicatura de acuerdo a lo establecido por el último párrafo del artículo 284 de la Ley 19.550. Los accionistas tienen el derecho de fiscalización, que confiere el artículo 55 de la Ley 19.550”. Designan por unanimidad: Presidente: Mario César Enrique Eleonori.

Vicepresidente: César Mario Zorzi. Director Suplente: Ana Concepción La Re, todos con domicilio especial en Mariano Acha 3245, Departamento 2 de C.A.B.A. Sede: Mariano Acha 3245, Departamento 2 de la C. A. B. A. Protocolizada el 30/12/2005 por esc. Ana M. Raiano y autorizada a la publicación por esc. Nº 171, Fº 471 del Registro 1220 a su cargo.

Escribana – Ana María Raiano Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 24/1/ 2006. Número: 060124034591/0. Matrícula Profesional Nº: 2522. Nº 81.457

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 27 de Enero de 2006

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