Corrección de errores de la Circular de 26 de mayo de 2017, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, relativa al procedimiento y tramitación de las exportaciones y expediciones de mercancías y sus regímenes comerciales.

Advertido error en el texto publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 130, de fecha 1 de junio, se transcribe la siguiente rectificación:

Página 44514, apartado 15.6, donde dice:

«El plazo de validez de la licencia individual de transferencia de material de defensa y de doble uso es de doce meses. Previa solicitud razonada del operador se podrán transferir dos prórrogas como máximo con el mismo plazo de validez que la licencia original».

Debe decir:

«El plazo de validez de la licencia individual de transferencia de material de defensa y de doble uso es de doce meses. Previa solicitud razonada del operador se podrán autorizar dos prórrogas como máximo con el mismo plazo de validez que la licencia original».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 153 del Miércoles 28 de Junio de 2017. Disposiciones generales, Ministerio De Economía, Industria Y Competitividad.

Materias

  • Autorizaciones
  • Certificaciones
  • Comercio exterior
  • Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones
  • Exportaciones
  • Licencia de exportación
  • Mercancías