Resolución de 1 de agosto de 2011, del Banco de España, por la que se publican determinados índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda.

Índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda1.

Julio de 2011

 

Porcentaje

1. Referencia interbancaria a 1 año (EURIBOR)

2,183

2. Tipo interbancario a 1 año (MIBOR)2

2,226

3. Rendimiento interno en el mercado secundario de la Deuda Pública entre 2 y 6 años

4,161

Madrid, 1 de agosto de 2011.–El Director General de Regulación, José María Roldán Alegre.

1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre («BOE» de 20 de septiembre), modificada por las Circulares 5/1994, de 22 de julio («BOE» de 3 de agosto), 7/1999, de 29 de junio («BOE» de 9 de julio) y 1/2000, de 28 de enero («BOE» de 10 de febrero).

2 Este tipo ha dejado de tener la consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la O.M. de 1 de diciembre de 1999 («BOE» de 4 de diciembre).

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 184 del Martes 2 de Agosto de 2011. Otras disposiciones, Banco De España.