Real Decreto 536/2011, de 8 de abril, por el que se indulta a don José Luis Mateo Herranz.

Visto el expediente de indulto de don José Luis Mateo Herranz, condenado por la Audiencia Provincial de Toledo, sección primera, en sentencia de 5 de noviembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante todo el tiempo de la condena y multa de 400 euros, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2011,

Vengo en indultar a don José Luis Mateo Herranz la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de abril de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 89 del Jueves 14 de Abril de 2011. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.