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La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril («BOE» del 13), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su disposición adicional segunda, dispone lo siguiente:
1. «... los Profesores Titulares de Escuela Universitaria que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el titulo de Doctor o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas »
3. «Quienes no accedan a la condición de Profesor Titular de Universidad permanecerán en su situación actual manteniendo todos sus derechos y conservando su plena capacidad docente y, en su caso, investigadora »
Asimismo la disposición adicional décima establece que:
«Quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a la regulación correspondiente contenida en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y su normativa de desarrollo se entenderá que poseen la acreditación regulada en la reforma de dicha ley orgánica realizada por esta Ley »
Por lo tanto, una vez comprobado el cumplimiento por el interesado de los requisitos establecidos y de acuerdo con lo dispuesto en las citadas Disposiciones Adicionales y en uso de las atribuciones conferidas a mi cargo por la Ley Orgánica de Universidades y el Acuerdo 19/2003, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León («BOCyL» de 3 de febrero), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Salamanca, resuelvo lo siguiente:
Queda integrado en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, el funcionario del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria, perteneciente a esta Universidad, que se cita a continuación, quedando adscrito al mismo Departamento, área de conocimiento y Centro que en su cuerpo de origen:
Apellidos y nombre: Penadés de la Cruz, Alberto. D.N.I.: 51394281-E. Área de conocimiento: Sociología. Fecha de efectos de la Integración: 17 de febrero de 2011.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado número 1 de Salamanca, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el «BOE», en virtud de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición, ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que haya sido resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
Salamanca, 22 de marzo de 2011.El Rector, Daniel Hernández Ruipérez.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 81 del Martes 5 de Abril de 2011. Autoridades y personal, Universidades.