Corrección de errores del Real Decreto 931/2010, de 23 de julio, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios de navegación aérea y su control normativo.

Advertidos errores en el Real Decreto 931/2010, de 23 de julio, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios de navegación aérea y su control normativo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 191, de 7 de agosto de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 69121, artículo 11.5, última línea, donde dice: «artículo 43.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.», debe decir: «artículo 43.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre».

En la página 69126, disposición adicional tercera, tercer párrafo, segunda línea, donde dice: «artículo 43.2», debe decir: «artículo 43.1».

En la página 69137, anexo IV, segundo párrafo, última línea, donde dice: «listed in tjhe attached», debe decir: «listed in the attached».

En la página 69138, anexo IV, apartado 3 de las Condiciones Generales del Modelo de Certificado, segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «valid for six years», debe decir: «valid for (…) years».

En la página 69138, anexo IV, en el pie de firma de las Condiciones Generales del Modelo de Certificado, donde dice: «Director of Air safety State Agency» debe decir: «Director of Air Safety State Agency".

En la página 69139, anexo 4, en el pie de firma de la Tabla del Certificado, donde dice: «Por la Autoridad Nacional de Supervisión», debe decir: «El Director de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea» y donde dice: «By the National supervisory Authority», debe decir: «Director of Air Safety State Agency».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 226 del Viernes 17 de Septiembre de 2010. Disposiciones generales, Ministerio De Fomento.

Materias

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