Acuerdo de 3 de junio de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural "Iglesia de San Facundo y San Primitivo", en Silió, término municipal de Molledo.

Mediante Resolución del Director General de Cultura de siete de julio de dos mil ocho, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Iglesia de San Facundo y San Primitivo», en Silió, término municipal de Molledo.

Mediante Acuerdo del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, de 9 de junio de 2009, se amplió el plazo para resolver el expediente por un periodo que no podrá ser superior al establecido para la tramitación del mismo.

A la vista de las diferentes propuestas de reducción del entorno incoado, surgidas a lo largo de la tramitación del expediente, la Comisión Técnica de Patrimonio Edificado informó favorablemente una reducción del mismo hasta el mínimo necesario para asegurar la protección de los visuales del inmueble, conforme a la morfología de los barrios próximos a la Iglesia.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 52 y 53 de la Ley 11/1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria, la delimitación del entorno de protección no impide de por si la construcción en las fincas en él incluidas.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto la delimitación del entorno de protección del bien mencionado y, a tal efecto, propone al Consejo de Gobierno de Cantabria la delimitación de dicho entorno, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 3 de junio de 2010, acuerda:

Primero.–Proceder a la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Iglesia de San Facundo y San Primitivo», en Silió, término municipal de Molledo. En el anexo del presente acuerdo se detallan la delimitación del entorno de protección y la justificación del mismo.

Segundo.–Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a: Servicio de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, interesados y ayuntamiento afectado.

Santander, 3 de junio de 2010.–El Secretario del Consejo de Gobierno, José Vicente Mediavilla Cabo.

ANEXO

Delimitación del entorno

El límite del entorno de protección linda al norte con el río Erecia, al este con diversos caminos y calles del núcleo de Bujar, atravesando la calle general o carretera comarcal, al sur y al sudeste linda con diversos tramos de la calle Monasterio hasta su entroncamiento con la carretera general de Silió.

Justificación del entorno de protección

La delimitación que se efectúa es la mínima imprescindible para asegurar la protección de los visuales del inmueble, conforme a la morfología de los barrios próximos a él.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 178 del Viernes 23 de Julio de 2010. Otras disposiciones, Comunidad Autónoma De Cantabria.