Resolución de la Autoridad Portuaria de Pasajes por la que se acuerda el otorgamiento de licencia para la prestación del servicio portuario básico de remolque portuario en el Puerto de Pasajes.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes, en su sesión de 17 de diciembre de 2009, ha adoptado el acuerdo de otorgar licencia para la prestación del servicio portuario básico de remolque portuario en el Puerto de Pasajes a la empresa Remolcadores de Pasajes, S.L., por un período de trece años y con sujeción a lo dispuesto en la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, al pliego regulador del servicio aprobado por el Consejo Rector de Puertos del Estado en su sesión de 26 de septiembre de 2006 y a las prescripciones particulares del servicio aprobadas por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes, en su sesión de 24 de julio de 2009.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67.5 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.

Pasaia, 19 de enero de 2010.- El Presidente, don Miguel Buen Lacambra.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 27 del Lunes 1 de Febrero de 2010. Anuncios, Ministerio De Fomento.