Orden SAS/2387/2009, de 27 de agosto, por la que se modifica la Orden TAS/789/2008, de 19 de marzo, por la que en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2008-2011), se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, dentro del Área de Acciones Estratégicas, en el ámbito del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Con el objeto de ampliar el ámbito de realización de los proyectos a subvencionar, la presente norma tiene como finalidad modificar el artículo 2.2 de la Orden TAS/789/2008, de 19 de marzo, por la que en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2008-2011), se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, dentro de Área de Acciones Estratégicas, en el ámbito del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

En la elaboración de esta disposición han emitido informe previo la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado. En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden TAS/789/2008, de 19 de marzo, por la que en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2008-2011), se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, dentro de Área de Acciones Estratégicas, en el ámbito del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

El apartado 2 del artículo 2 de la Orden TAS/789/2008, de 19 de marzo, por la que en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2008-2011), se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, dentro de Área de Acciones Estratégicas, en el ámbito del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, queda redactado en los siguientes términos:

«2. Dichos proyectos podrán realizarse en los Centros de Referencia Estatal del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y en los demás que pudieran determinarse en la correspondiente resolución de convocatoria.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de agosto de 2009.–La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García-Herrera.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 219 del Jueves 10 de Septiembre de 2009. Otras disposiciones, Ministerio De Sanidad Y Política Social.

Notas

  • Entrada en vigor el 10 de septiembre de 2009.

Materias

  • Ayudas
  • Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  • Investigación científica
  • Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica
  • Subvenciones