Conflicto positivo de competencia nº 3090-2009, en relación a diversos preceptos del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de abril actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 3090-2009, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña contra el artículo 3, apartados 3 y 4; la disposición adicional sexta y el anexo V del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.

Madrid, 28 de abril de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 114 del Lunes 11 de Mayo de 2009. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

Materias

  • Conflictos de Competencia
  • Educación Secundaria
  • Profesorado