Real Decreto 1633/2008, de 3 de octubre, por el que se indulta a don Renato López Vicente.

Visto el expediente de indulto de don Renato López Vicente, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón, en sentencia de 29 de mayo de 2001, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 2.110.688 pesetas, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de octubre de 2008,

Vengo en conmutar a don Renato López Vicente la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 3 de octubre de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 256 del Jueves 23 de Octubre de 2008. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.