Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife por la que se acordó otorgar concesión administrativa a don José Manuel Cabrera Molina para la explotación del bar-comedor ubicado en el Puerto de Santa Cruz de la Palma.

En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en fecha 11 de octubre de 2006, se acordó otorgar concesión administrativa a don José Manuel Cabrera Molina para la explotación del Bar-Comedor ubicado en el Puerto de Santa Cruz de La Palma, bajo, entre otras, las siguientes condiciones y con estricta sujeción al resto de condiciones que se establecen en el Pliego:

Plazo de otorgamiento: Cinco (5) años.

Tasa por Ocupación Privativa del dominio público portuario, que para el presente año 2006 asciende a la cantidad de cinco mil trescientos setenta y un euros con dos céntimos (5.371,02 €).Tasa por Servicios Generales en la parte correspondiente a la Tasa por Ocupación privativa del dominio público portuario, que para el presente año 2006 asciende a la cantidad de mil setenta y cuatro euros con veinte céntimos (1.074,20 €) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.Tasa por Aprovechamiento Especial del dominio público portuario en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios, que se determinará sobre el importe neto de la cifra de negocio desarrollado por el concesionario en el Puerto de Santa Cruz de La Palma, aplicándole un porcentaje del dos por ciento (2%) al importe declarado, y que para el año 2006 supone la cantidad de seis mil euros (6.000,00 €), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 48/2003 de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés general.Tasa por Servicios Generales en la parte correspondiente a Tasa por Aprovechamiento Especial del dominio público portuario en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios que se determinará aplicando un porcentaje del 20% sobre la cuota líquida a ingresar de la misma, y que para el presente año 2006 asciende a la cantidad de mil doscientos euros (1.200,00 €), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y disposición transitoria sexta de la Ley 48/2003 de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.

Lo que se publica para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, 29 de noviembre de 2006.-El Presidente, Luis Suárez Trenor.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 303 del Miércoles 20 de Diciembre de 2006. Anuncios, Ministerio De Fomento.