Resolución de 7 de marzo de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Castilla y León para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero a tres años).

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero a tres años), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 7 de marzo de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco González de Lena Álvarez.

ANEXOConvenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. (Cero-tres años)

En Madrid, a 29 de noviembre de 2004.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Señor Don Jesús Caldera Sánchez-Capitán Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril (Boletín Oficial del Estado número 94, de 18 de abril), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, la Excma. Señora Doña Rosa María Valdeón Santiago, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades nombrada por Acuerdo de 15/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (BOCYL n.º 128 de 4-7-03) en nombre y representación de la Junta de Castilla y León, según lo establecido en la Ley 3/2001 de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.-Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 553/2004 de 17 de abril, 562/2004 de 19 de abril, 1600/2004 de 2 de julio.

Segundo.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla y León ostenta competencias en materia de Asistencia Social, Servicios Sociales y desarrollo comunitario, de acuerdo con el artículo 32.1.19º y 20º de su Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero (modificada por Ley Orgánica 4/1999, de 8 de enero) y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero, 710/1984, de 8 de febrero y 1269/1985, de 3 de julio.Tercero.-Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.Cuarto.-Que la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2004 (B.O.E.deldía31), incluye dos créditos adscritos al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia, mediante transferencias a las Comunidades Autónomas: la aplicación 19.04.313O.454.00, con una dotación de 21.793.830 euros, y la aplicación 19.04.313O.752, con una dotación de 7.000.000 euros.Quinto.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla y León garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.Sexto.-Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar y/o mejorar los servicios existentes de atención a la primera infancia (0-3años).Septimo.-Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución de los créditos acordados con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 16 de julio de 2004 (B.O.E. de 13 de agosto de 2004).Octavo.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.Por todo lo expuesto, ambas partes ACUERDAN suscribir el presente Convenio de Colaboración de naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para el desarrollo de los Programas destinados a crear y/o mejorar los servicios de atención a la primera infancia (0-3 años), mediante la financiación conjunta, tal y como se especifican en el anexo de este Convenio.

Segunda.-La Comunidad Autónoma pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.Tercera.-Para sufragar los costes de los mencionados programas, la Comunidad Autónoma de Castilla y León se compromete a aportar la cantidad total de dos millones seiscientos dieciocho mil cuatrocientos cuatro euros con diez céntimos (2.618.404,10 €), como participación en los gastos corrientes que ocasione la financiación de los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las Corporaciones Locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio. Así mismo, se compromete a aportar la cantidad de un millón sesenta y siete mil ciento diecinueve euros con setenta y siete céntimos (1.067.119,77 €) como aportación en la financiación de los programas que requieren gastos de inversión. Esta cantidad puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las corporaciones locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad de acuerdo con el desglose del anexo citado.Cuarta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.313O.454.00 para el ejercicio de 2004, aporta la cantidad de un millón ciento cincuenta y un mil ciento setenta y tres euros con setenta y un céntimos (1.151.173,71 €) como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio. Así mismo, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.313O.752 para el ejercicio de 2004, aporta la cantidad de trescientos dieciocho mil quinientos cuarenta y nueve euros (318.549,00 €) como participación en la financiación de los programas que se detallan en el anexo.Quinta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Castilla y León la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este Convenio en los términos establecidos en el artículo 153.2 sexta del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre). Así mismo, colaborará técnicamente para facilitar la realización de los programas objeto de convenio.Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:

A. Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de Colaboración.

B. Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.C. Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados.D. Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de los compromisos de créditos, las obligaciones reconocidas y los pagos realizados en el año, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86.2 regla sexta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.E. Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Séptima.-La Comunidad Autónoma de Castilla y León elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto que entregará en los 3 meses siguientes y que al menos recoja:

Fecha de puesta en marcha.

Información económica.Actividades realizadas.Recursos utilizados.Sectores atendidos.Resultados obtenidos.Datos estadísticos.Dificultades y propuestas.Valoración del programa.

En el supuesto de que la Comunidad Autónoma de Castilla y León no presente la citada memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula siguiente, sin perjuicio de las consecuencias que pudieran derivarse de acuerdo con lo establecido en la cláusula undécima del presente convenio.

Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos.Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las comunidades autónomas firmantes de los Convenios.El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será designado por la Directora General de las Familias y la Infancia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Castilla y León por el Director General de Familia.Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de la Dirección General de las Familias y la Infancia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora General.Novena.-En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.Décima.-La duración del Convenio se establece para el año 2004 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias de que cada parte dispone para su financiación.Undécima.-El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se hubieran destinado al/los programa/s previstos en él.Duodécima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, (P. D. Orden Comunicada de 11 octubre 2004), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, Amparo Valcarce García.-La Consejera de Familia y de Igualdad de Oportunidades, Rosa María Valdeón Santiago.

ANEXOAportación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, corporaciones locales y Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. Año 2004

1.-Aplicación Presupuestaria 19.04.313O.454.00

1.-A) Servicios de titularidad de corporaciones locales.

Ávila

1)

Continuidad de la ludoteca en Zona Sur de Ávila, financiada de 1993 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

71.878,69 €

Aportación M.T.A.S

18.133,00 €

2)

Continuidad de la ludoteca en Zona Norte de Ávila, financiada de 1996 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

71.878,69 €

Aportación M.T.A.S

18.133,00 €

Burgos

3)

Continuidad del Centro de Educación Infantil «El Gamonal» de Burgos, financiado de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

99.268,00 €

Aportación M.T.A.S

41.330,00 €

4)

Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la escuela de educación infantil «Río Vena» de Burgos, financiada de 1992 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

278.878,00 €

Aportación M.T.A.S

81.917,00 €

5)

Continuidad de la Escuela Infantil Municipal «La Milagrosa» de Briviesca, financiada de 1994 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

108.083,69 €

Aportación M.T.A.S

39.806,00 €

6)

Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil «El Principito» de Belorado, financiada de 2000 a 2003,, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

55.002,00 €

Aportación M.T.A.S

20.278,00 €

León

7)

Continuidad del Centro de Educación Infantil Municipal de Ponferrada financiado en 2002 y 2003.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

124.299,82 €

Aportación M.T.A.S

45.963,00 €

8)

Continuidad del Centro de Educación Infantil «Nuevo Amanecer» de Villaquilambre, financiado de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

93.058,86 €

Aportación M.T.A.S

48.090,00 €

9)

Continuidad de la Ludoteca Municipal «Flores del Sil» de Ponferrada, financiada de 1991 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

36.809,38 €

Aportación M.T.A.S

16.252,00 €

10)

Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la Escuela Infantil Municipal «Sierra y Pambley» de Villablino, financiada de 1992 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

35.202,00 €

Aportación M.T.A.S

24.098,00 €

11)

Continuidad de la Ludoteca Municipal «Tabula Lusoria» de Astorga, financiada de 1998 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

67.672,79 €

Aportación M.T.A.S

17.437,00 €

12)

Continuidad del Centro de Educación Infantil Municipal de Bembibre, financiado de 1998 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

83.333,60 €

Aportación M.T.A.S

26.952,00 €

13)

Continuidad de la Ludoteca Municipal (Zona Alta) de Ponferrada, financiada de 1999 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

41.501,24 €

Aportación M.T.A.S

14.766,90 €

Palencia

14)

Continuidad de la Escuela Infantil «La Cometa» de Aguilar de Campoo, financiada de 1998 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

59.076,65 €

Aportación M.T.A.S

29.437,00 €

Salamanca

15)

Continuidad de la ampliación de plazas en la Escuela Infantil «Los Pizarrales» de Salamanca, financiada de 1991 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

217.797,47 €

Aportación M.T.A.S

65.809,00 €

16)

Continuidad de la Escuela Infantil Municipal «Garrido» de Salamanca, financiada en 1999 y de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

134.491,95 €

Aportación M.T.A.S

61.438,00 €

17)

Continuidad de la ampliación de plazas en la Escuela Infantil «Guillermo Arce» de Salamanca, financiada de 2000 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

406.500,96 €

Aportación M.T.A.S

40.959,00 €

Soria

18)

Continuidad de la Escuela Infantil Municipal «Arco Iris» de Ólvega, financiada de 1996 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

35.977,31 €

Aportación M.T.A.S

25.079,00 €

Valladolid

19)

Continuidad de la Escuela Infantil Municipal «El Tobogán» de Valladolid, financiada en 1990 y de 1992 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

125.821,00 €

Aportación M.T.A.S

34.212,00 €

20)

Continuidad de la Escuela Infantil Municipal «Platero» de Valladolid, financiada en 1991 y de 1993 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

146.979,00 €

Aportación M.T.A.S

41.127,00 €

21)

Continuidad de la Escuela Infantil Municipal «El Principito» de Valladolid, financiada de 1995 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

153,121,00 €

Aportación M.T.A.S

50.488,00 €

22)

Continuidad de la Escuela Infantil Municipal «Mafalda y Guille» (número 6, Parquesol) de Valladolid, financiada de 1996 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

171.772,00 €

Aportación M.T.A.S

46.351,00 €

1.-B) «Guarderías infantiles laborales» de titularidad de corporaciones locales o entidades sin ánimo de lucro

Burgos

1)

Guardería Infantil Laboral «San José» de Burgos, financiada de 1999 a 2003, ambos inclusive

Aportación M.T.A.S

37.395,56 €

2)

Guardería Infantil Laboral «El Garabato» de Miranda de Ebro, financiada en 2001 y 2003

Aportación M.T.A.S

6.010,12 €

León

3)

Guardería Infantil Laboral «Hogar Virgen las Candelas» de Astorga, financiada de 1999 a 2003, ambos inclusive

Aportación M.T.A.S

61.988,10 €

4)

Guardería Infantil Laboral «Santa Mónica» de Ponferrada, financiada de 1999 a 2003, ambos inclusive

Aportación M.T.A.S

27.646,56 €

5)

Guardería Infantil Laboral «Hogar de la Esperanza» de León, financiada de 1999 a 2003, ambos inclusive

Aportación M.T.A.S

70.521,57 €

Palencia

6)

Guardería Infantil Laboral «Corazón de María» de Palencia, financiada de 1999 a 2003, ambos inclusive

Aportación M.T.A.S

19.232,39 €

7)

Guardería Infantil Laboral «Santa María de Nazaret» de Palencia, financiada en 2002 y 2003.

Aportación M.T.A.S

6.010,33 €

Salamanca

8)

Guardería Infantil Laboral «ASDECOBA» de Salamanca, financiada en 2002 y 2003

Aportación M.T.A.S

37.262,79 €

9)

Guardería Infantil Laboral de Cruz Roja de Santa Marta de Tormes, financiada de 1999 a 2003, ambos inclusive

Aportación M.T.A.S

30.050,61 €

10)

Guardería Infantil Laboral «El Árbol Gordo» de Ciudad Rodrigo, financiada en 2003

Aportación M.T.A.S

6.010,33 €

Segovia

11)

Guardería Infantil Laboral «El Tren» de Segovia, financiada de 1999 a 2003, ambos inclusive

Aportación M.T.A.S

6.731,34 €

Soria

12)

Guardería Infantil Laboral «Colegio Calasancio» de Almazán, financiada en 2002 y 2003

Aportación M.T.A.S

6.010,33 €

Valladolid

13)

Guardería Infantil Laboral «Casa de Niños y Niñas» de Valladolid, financiada de 2000 a 2003, ambos inclusive

Aportación M.T.A.S

6.010,33 €

14)

Guardería Infantil Laboral «EMAUS» de Valladolid, financiada de 1999 a 2001 y 2003

Aportación M.T.A.S

22.237,45 €

Total aportación Comunidad Autónoma y corporaciones locales (gastos corrientes)

2.618.404,10 €

Total aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (transferencias corrientes)

1.151.173,71 €

2. Aplicación Presupuestaria 19.04.313O.752

2.-A) Servicios de titularidad de corporaciones locales.

1)

Construcción de un Centro de Educación Preescolar Municipal con tres módulos en Medina de Pomar (Burgos)

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

88.874,22 €

Aportación M.T.A.S

33.142,00 €

2)

Construcción de un Centro de Educación Preescolar Municipal con dos módulos en Paredes de Nava (Palencia)

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

150.303,75 €

Aportación M.T.A.S

56.100,00 €

3)

Construcción de un Centro de Educación Preescolar Municipal con doce módulos en Santa Marta de Tormes (Salamanca).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

399.516,47 €

Aportación M.T.A.S

127.000,00 €

4)

Construcción de un Centro de Educación Preescolar Municipal con tres módulos en Arroyo de la Encomienda- Zona la Vega (Valladolid)

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

146.697,38 €

Aportación M.T.A.S

26.091,00 €

5)

Construcción de un Centro de Educación Preescolar Municipal con tres módulos en Arroyo de la Encomienda-Zona la Flecha (Valladolid)

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

146.697,38 €

Aportación M.T.A.S

26.091,00 €

6)

Construcción de un Centro de Educación Preescolar Municipal con tres módulos en Pedrajas de San Esteban (Valladolid)

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

107.330,52 €

Aportación M.T.A.S

39.786,00 €

7)

Construcción de un Centro de Educación Preescolar Municipal con un módulo en Alcañices (Zamora)

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

27.700,05 €

Aportación M.T.A.S

10.339,00 €

Total aportación Comunidad Autónoma y corporaciones locales (gastos inversión)

1.067.119,77 €

Total aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (transferencias de capital)

318.549,00 €

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 83 del Jueves 7 de Abril de 2005. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.