Corrección de errores de la Orden ECI/4171/2004, de 13 de diciembre, por la que se desarrolla la directriz general sexta del Real Decreto 858/2003, de 4 de julio, por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Criminología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención.

Advertido error en el texto de la Real Decreto 858/2003, de 4 de julio, por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Criminología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención.">Orden ECI/4171/2004, de 13 de diciembre, por la que se desarrolla la directriz general sexta del Real Decreto 858/2003, de 4 de julio, por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Criminología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 307, de 22 de diciembre de 2004, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 41560, primera columna, en el párrafo a) del apartado Segundo, donde dice: «Que tengan una carga lectiva máxima de 180 créditos», debe decir: «Que tengan una carga lectiva mínima de 180 créditos».

En la página 41560, primera columna, en el punto 1 del apartado Cuarto, donde dice: «Asimismo, podrán declararse equivalentes a los efectos previstos en la presente Orden, los títulos en materia de Criminología que cumplan los requisitos establecidos en la Disposición Segunda, excepto en lo que se refiere a la carga lectiva máxima...», debe decir: «Asimismo, podrán declararse equivalentes a los efectos previstos en la presente Orden, los títulos en materia de Criminología que cumplan los requisitos establecidos en la Disposición Segunda, excepto en lo que se refiere a la carga lectiva mínima...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 314 del Jueves 30 de Diciembre de 2004. Disposiciones generales, Ministerio De Educación Y Ciencia.

Materias

  • Criminología
  • Planes de estudios
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