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Por Orden TAS/3226/2004, de 30 de septiembre (B.O.E. n.o 243 de 8
de octubre), se modificaron los Premios IMSERSO "Infanta Cristina".
El artículo 3 de la Orden TAS/3226/2004, de 30 de septiembre, establece
que estos Premios se convocarán anualmente mediante Resolución de la
Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, que
regulará las bases comunes y específicas de cada premio, así como su número
y su cuantía.
A tenor de lo expuesto, por la presente Resolución, se convocan los
Premios IMSERSO "Infanta Cristina" 2004 que se regirán de acuerdo con
lo estipulado en las bases que, como Anexo I, se acompaña a la presente
Resolución.
Los gastos producidos por esta convocatoria se imputarán a los créditos
consignados en el programa 35.91 aplicación 22.660 del Presupuesto de
Gastos y Dotaciones del Instituto de Mayores y Servicio Sociales del
corriente ejercicio económico.
Madrid, 8 de octubre de 2004.-El Director General, Ángel Rodríguez
Castedo.
ANEXO I
Premios IMSERSO "Infanta Cristina" 2004
BASES COMUNES A TODAS LAS MODALIDADES DE LOS PREMIOS
Primera.-Los candidatos a los Premios objeto de la presente
convocatoria deberán ser personas físicas o jurídicas, públicas o privadas,
españolas, o legalmente establecidas en España, o de nacionalidad de cualquiera
de los Estados de Iberoamérica.
Segunda.-El plazo de admisión de candidaturas finalizará el 30 de
noviembre de 2004.
Tercera.-Las solicitudes podrán enviarse por correo certificado al
Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Avda. de la Ilustración, s/n, con
vuelta a Ginzo de Limia, 58, 28029 Madrid, o entregarse personalmente
en el Registro General de este Instituto, planta cero, indicando en el sobre,
Premios IMSERSO "Infanta Cristina 2004" así como la modalidad para
la que se presenten. También podrán presentarse en los registros y oficinas
a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Las solicitudes, para participar en la presente convocatoria deberán
formalizarse en el Modelo que figura como Anexo II y además de los
documentos y certificados exigidos en las bases específicas que regulan cada
una de las modalidades, irán acompañadas de:
Para las personas físicas: Las solicitudes serán suscritas por el
solicitante o solicitantes y acompañadas de Documento Nacional de Identidad
o Pasaporte.
Para las personas jurídicas: Las solicitudes deberán ser suscritas por
sus representantes autorizados y acompañadas de la siguiente
documentación:
Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o documento, que legal
o reglamentariamente lo sustituya, demostrativo de la identidad del
representante de la persona jurídica, así como el nombramiento o poder
suficiente para representar a aquella.
Documento que acredite la constitución legal de las mismas y su
inscripción en el registro correspondiente, en el caso de que este requisito
fuera exigible en el país donde tenga su domicilio social.
Número de identificación fiscal de la persona jurídica.
Todos los documentos que se presenten deberán ser originales o copias
autentificadas conforme a la legislación vigente.
Cuarta.-Si la documentación presentada con la solicitud no reuniera
alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria o cualquiera
de los previstos en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se requerirá a las personas físicas o jurídicas
solicitantes para que, en el plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen
los documentos preceptivos, todo ello de acuerdo con el artículo 71.1 de
la citada Ley, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Quinta.-Los trabajos podrán estar realizados en castellano o en
cualquiera de las lenguas oficiales reconocidas por la Constitución Española,
debiendo enviar, en su caso, traducción del texto o subtitulación en
castellano.
Sexta.-La configuración y soporte de las memorias solicitadas en las
distintas modalidades de Premios recogidas en la presente convocatoria
se ajustará a lo siguiente:
Las páginas de la memoria, mecanografiadas por una sola cara y
numeradas, se configurarán en formado A4 (210 x 297 mm), con interlineado
sencillo y un tamaño mínimo de letra de 12 puntos, si bien podrán utilizarse
tamaños inferiores (10 puntos mínimo) para gráfico e ilustraciones en
color, siempre que resulten inteligibles.
La memoria se confeccionará en soporte papel y soporte informático.
El soporte informático será un CD Rom o disquete conteniendo la memoria
en archivo ".doc" (Microsoft Word) o archivo ".pdf" ( Acrobat).
A fin de evitar problemas de distorsión, todos los gráficos que se
incluyan en la memoria deberán estar insertados en las páginas del archivo
de Microsoft Word.
Séptima.-No podrá concurrir a esta convocatoria el personal que preste
servicios retribuidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Octava.-La presentación de candidaturas supone la plena aceptación
por parte del candidato y, en su caso, del proponente de todas las bases
que regulan la convocatoria. No serán admitidos los trabajos que no reúnan
los requisitos establecidos en las mismas.
Novena.-El Jurado deberá emitir la propuesta de concesión de los
Premios antes de 15 días a partir de la fecha de finalización de la
presentación de candidaturas.
Décima.-Los Premios consistirán en un trofeo y en la dotación
económica establecida para cada uno de ellos en las bases específicas. El
Premio Honorífico y los Premios al Mérito Social, no conllevan dotación
económica. Los Premios podrán declararse desiertos o, en su caso, serles
reconocido un accesit.
Undécima.-Las obras presentadas que no resulten premiadas, podrán
ser retiradas dentro del plazo de tres meses, salvo que hayan sido objeto
de recurso, desde la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial
del Estado, siendo destruidas las que no sean retiradas en dicho plazo.
BASES ESPECÍFICAS
Premio Honorífico
Primera.-Podrán ser presentadas a esta modalidad, todas aquellas
personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan destacado de
forma sobresaliente por su trayectoria en la mejora de las condiciones
de vida de las personas mayores y/o personas en situación de dependencia
y sus familias cuidadoras. Este Premio Honorífico no conlleva dotación
económica.
Se pretende premiar una acción solidaria individual o colectiva de
interés general, desarrollada durante un amplio periodo de tiempo, dirigida
a los colectivos del ámbito competencial del Instituto de Mayores y Servicios
Sociales.
Este Premio se concederá a propuesta de personas físicas o jurídicas,
públicas o privadas, sin que sea posible que los concursantes lo soliciten
por sí mismos.
Segunda.-La propuesta deberá ir acompañada de, una memoria
explicativa, (por duplicado) que no excederá de 30 folios, exponiendo la labor
desarrollada por las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
Tercera.-En la memoria explicativa, sin perjuicio de que los
proponentes expongan otras informaciones que consideren de interés, deberán
constar los siguientes datos:
Justificación de la propuesta.
Descripción y objetivo de la labor solidaria desarrollada.
Tiempo de desarrollo.
Sector de población al que va dirigido.
Número de beneficiarios.
Cuarta.-La valoración se realizará teniendo en cuenta los siguientes
criterios:
La trascendencia tanto cuantitativa como cualitativa, de la obra de
los candidatos en la mejora de la calidad de vida de las personas mayores
y personas en situación de dependencia y sus familias cuidadoras.
La dilatada ejecutoria en el tiempo de la labor desarrollada.
El carácter altruista o solidario de las actividades.
El grado de compromiso de la persona o entidad.
En el caso de que la propuesta se refiera a personas jurídicas, se tendrá
en cuenta además en la valoración:
La transparencia en la gestión, la participación de los usuarios y la
evaluación continua de resultados.
La accesibilidad a los recursos, la humanización de los servicios y
la satisfacción de los usuarios.
La innovación y calidad, eficacia y eficiencia de la gestión de los
servicios.
Premios al Mérito Social
Primera.-El Instituto de Mayores y Servicios Sociales podrá conceder,
con carácter exclusivamente honorífico y sin dotación económica, premios
al mérito social para reconocer públicamente la labor realizada, a lo largo
de la vida, por hombres y mujeres, voluntarios o profesionales, que se
hayan destacado por su especial dedicación al servicio de las personas
mayores, o de las personas en situación de dependencia y sus familias
cuidadoras.
Se pretende premiar a las personas que realizan una labor ejemplar,
voluntaria o profesional, dentro de las administraciones públicas,
organizaciones no gubernamentales o empresas de economía social o de
mercado.
Segunda.-Los Premios al Mérito Social, se concederán a propuesta
de cualquier persona u organismo, sin que sea posible que las personas
lo soliciten para sí mismas.
Aquellas personas u organismos que consideren que una determinada
persona física es merecedora de este reconocimiento, por conocer su
destacada labor, podrá dirigirse al Instituto de Mayores y Servicios Sociales
y efectuar la propuesta correspondiente, aportando una memoria
explicativa.
Tercera.-En la memoria explicativa, sin perjuicio de que los
proponentes expongan otras informaciones que consideren de interés, deberán
constar los siguientes datos:
Justificación de la propuesta.
Descripción y objetivo de la labor solidaria desarrollada.
Tiempo de desarrollo.
Sector de población al que va dirigido.
Número de beneficiarios.
Cuarta.-La valoración se realizará teniendo en cuenta los siguientes
criterios:
La ejemplaridad de la labor realizada.
La dilatada ejecutoria en el tiempo de la labor desarrollada.
El carácter altruista o solidario de la labor.
La especial entrega y el carácter abnegado de la labor.
La cercanía y calidez en el trato.
Premio a las Experiencias Innovadoras
Primera.-Podrán presentarse a este Premio, las personas jurídicas,
públicas o privadas, que desarrollen experiencias innovadoras por su
contenido, por las tecnologías aplicadas o por la novedad en los programas
desarrollados dirigidos a las personas mayores y/o personas en situación
de dependencia y sus familias cuidadoras.
Segunda.-Los solicitantes deberán presentar una memoria explicativa
con un máximo de 50 folios en la que se hará constar:
Justificación de la propuesta.
Descripción y objetivo de la iniciativa innovadora.
Tiempo de desarrollo.
Sector de población al que va dirigido.
Aportaciones nuevas al sector.
Importancia.
Tercera.-Los trabajos presentados deberán estar relacionados con los
siguientes campos:
Envejecimiento activo.
Dependencia.
Servicios Sociales.
Cuarta.-La valoración se hará teniendo en cuenta los siguientes
criterios:
Su carácter modélico.
Su capacidad de mejora y de innovación.
La posibilidad de transferencias de los avances e innovaciones.
El efecto multiplicador en la dinamización y mejora del sector.
Quinta.-Este Premio está dotado con hasta 15.000 Euros.
Premio a Estudios e Investigaciones Sociales
Primera.-Podrán presentarse a este Premio, las personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, que hayan realizado estudios o investigaciones
que contribuyan de forma relevante al conocimiento y/o a la mejora de
los servicios sociales especializados en la atención a los colectivos
encomendados al Instituto de Mayores y Servicios Sociales
Segunda.-Los trabajos de investigación deberán versar sobre estudios
sociales o económicos.
Deberán ser inéditos y con una extensión no inferior a 100 folios.
Los trabajos podrán venir acompañados de los gráficos, descripciones
o cualquier elemento que ayude al Jurado a la toma de sus decisiones.
Tercera.-La valoración de los trabajos se efectuará teniendo en cuenta
la aportación de nuevos datos, informaciones o conocimientos sobre los
sectores de población atendidos por el Instituto de Mayores y Servicios
Sociales, así como sobre las políticas, recursos, programas y servicios
dirigidos a estos colectivos.
Cuarta.-La dotación económica de este premio será de hasta 15.000 euros.
Premio I+D+i en Nuevas Tecnologías y Ayudas Técnicas
Primera.-Podrán presentarse a este Premio, las personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, que hayan realizado proyectos de I+D+i o de
accesibilidad en entornos, productos y servicios que contribuyan a la
mejora de la calidad de vida de las personas mayores y/o de las personas
en situación de dependencia y de sus familias.
Segunda.-Los trabajos contendrán, por duplicado, una memoria de
la investigación, con una extensión no superior a 200 folios, que podrán
venir acompañados de los gráficos, descripciones o cualquier elemento
que ayude al Jurado a la toma de sus decisiones.
En la memoria explicativa del proyecto se detallará, la naturaleza
innovadora del mismo o el avance o progreso que supone respecto a la tecnología
vigente, y una explicación de su repercusión en la calidad de vida de
las personas mayores y/o de las personas en situación de dependencia
y de sus familias.
Tercera.-Los trabajos presentados deberán estar relacionados con uno
o más de los siguientes campos:
Ayudas Técnicas.
Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.
Informática.
Robótica.
Biotecnología.
Transporte.
Señalización.
Prevención, protección y cuidado personal.
Tareas domésticas.
Vivienda y domótica.
Espacios públicos urbanizados, infraestructura y edificación.
Bienes y servicios a disposición del público.
Relaciones con las Administraciones Públicas.
Cuarta.-La valoración de los trabajos se efectuará teniendo en cuenta
su carácter innovador, el progreso o avance que represente el desarrollo
del proyecto de accesibilidad o de la nueva tecnología o ayuda técnica,
su viabilidad técnica y económica y su impacto en la mejora de la calidad
de vida y de la autonomía de las personas mayores o de las personas
en situación de dependencia.
Quinta.-La dotación económica de este Premio será de hasta
15.000 Euros.
Premio a la Calidad
Primera.-Podrán presentarse a este Premio las personas jurídicas,
públicas o privadas, que estén desarrollando sistemas de gestión de calidad
sobresalientes en el campo de los servicios sociales, que repercutan en
la mejora de la atención de las personas mayores y/o personas dependientes
y de sus familias cuidadoras.
Segunda.-Se deberá remitir, por duplicado, una memoria descriptiva,
que se ajustará a las siguientes especificaciones:
Portada (1 página): Nombre de la organización, logotipo y título del
"programa" que se presenta.
Copia del formulario de participación.
Índice general de contenidos (1 página).
Presentación de la organización, incluyendo funciones y actividades,
estructura orgánica y principales servicios prestados y, en su caso, relación
de siglas o acrónimos utilizados (máximo 2 páginas).
Cuerpo del documento descriptivo del "programa" desarrollado
(máximo 50 páginas). La memoria describirá la gestión de la entidad siguiendo
los criterios del modelo EFQM de Excelencia.
No se tendrán en cuenta, a la hora de su evaluación las páginas que
excedan de las indicadas para este apartado.
Tercera.-La valoración se realizará teniendo en cuenta las evidencias
mostradas en la memoria en relación a cada uno de los criterios del modelo
EFQM, versión 2003, adaptación a la Administración Pública. Este modelo
puede solicitarse a la Dirección General de Inspección, Evaluación y
Calidad de los Servicios, encontrándose asimismo disponible en su página
de internet http://www.igsap.map.es/calidad/calidad.htm (apartado
"Modelo EFQM").
Criterios:
Liderazgo.
Política y Estrategia.
Personas.
Alianzas y Recursos.
Procesos.
Resultado en los clientes.
Resultado en las personas.
Resultados en la sociedad.
Resultados clave.
Cuarta.-La dotación económica de este Premio será de hasta
15.000 euros.
Premios de Comunicación
Prensa, Radio, Televisión, Página Web y Fotografía
Primera.-Podrán ser presentados a esta modalidad de Premios los
artículos o reportajes, programas de radio, programas de televisión, páginas
web y fotografías que hayan contribuido de forma relevante a la
sensibilización e información de la sociedad y a la participación e integración
social de las personas mayores y/o personas dependientes y sus familias
cuidadoras.
Los artículos, reportajes o fotografías de prensa, programas de radio
o televisión tienen que haber sido publicados o emitidos durante el periodo
comprendido entre el 1 de octubre de 2003 y el 15 de noviembre de 2004.
Segunda.-Se deberá presentar el siguiente material:
Prensa:
a) Se podrá participar con un sólo artículo o con varios hasta un
máximo de seis. Los artículos podrán haber sido publicados con nombre,
seudónimo o sin firma. En estos dos últimos casos, el Director de la
publicación deberá certificar el nombre del autor.
b) Dos ejemplares o fotocopias de cada artículo publicado,
especificando los datos completos del concursante, título, fecha de publicación
y medio en que se ha publicado.
c) Autorización para la reproducción y difusión de los artículos
premiados.
Radio:
a) Selección de guiones, no superior a seis, de la serie de programas
emitidos. Los guiones se remitirán por duplicado.
b) Una sola copia, en cinta cassette o CD, de los programas
presentados, tal como fueron emitidos.
c) Certificado del Director de la emisora, en la que se acredite el
título, fecha y hora de emisión y composición del equipo realizador.
d) Autorización para la utilización de los programas premiados para
los fines del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Televisión:
a) Una copia en vídeo, en formato VHS, sistema español o DVD de
los trabajos presentados, hasta un máximo de seis.
b) Certificado del Director de la emisora, en la que se acredite el
título, fecha, hora de emisión y composición del equipo realizador.
c) Declaración de que no existen problemas de reproducción de la
imagen de las personas que aparezcan en los trabajos presentados,
responsabilizándose de las posibles reclamaciones que por este motivo
pudieran originarse.
d) Autorización para la utilización de los programas premiados para
los fines del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Web:
a) Dirección y mapa de la Web.
b) Función, finalidad y contenidos.
c) Accesibilidad a las personas con discapacidad.
d) Estadística de visitas.
e) Otros datos que el concursante considere de interés.
Fotografía:
a) Se podrá participar con una fotografía, un reportaje fotográfico,
o fotografías de prensa, hasta un máximo de seis fotografías.
Se podrá premiar tanto una sola fotografía como el conjunto de
fotografías presentadas.
b) La fotografía, en blanco y negro o color, y con título, se enviará
en tamaño mínimo de 18 x 24 cm. montadas en cartón.
También pueden presentarse diapositivas en formato de 35 milímetros
o mayor.
c) Declaración de que no existen problemas de reproducción de la
imagen de las personas que aparecen en las fotografías presentadas,
responsabilizándose de las posibles reclamaciones que por este motivo
pudieran originarse.
d) Para el supuesto de fotografía de prensa, los concursantes deberán
presentar también certificado del director de la empresa editora en la
que fue publicada, indicando medio y fecha de publicación.
Tercera.-Los artículos premiados podrán ser reproducidos y
difundidos a través de las revistas y publicaciones del Instituto de Mayores
y Servicios Sociales, indicándose siempre los datos del autor.
Los programas de radio y televisión premiados podrán ser emitidos
y difundidos en todos aquellos actos institucionales, jornadas informativas,
etc., en los que intervenga el Instituto de Mayores y Servicios Sociales
y que considere que su difusión pueda resultar de interés para los objetivos
que tiene encomendados el Instituto.
Las fotografías premiadas podrán ser reproducidas y difundidas a
través de revistas y publicaciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
así como en todos aquellos actos institucionales y jornadas informativas
en los que intervenga el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y que
considere que su difusión pueda resultar de interés para los objetivos
que tienen encomendados el Instituto.
Cuarta.-La valoración se realizará teniendo en cuenta:
La originalidad en el enfoque del tema.
El alto nivel de divulgación alcanzado.
El carácter innovador de los trabajos presentados.
El espacio y el tiempo dedicado al tema.
La calidad técnica y rigor expositivo.
La continuidad en el tratamiento del tema.
Quinta.-La dotación económica de estos premios será la siguiente:
Prensa hasta 12.000 euros.
Radio hasta 12.000 euros.
Televisión hasta 12.000 euros.
Página Web hasta 12.000 euros.
Fotografía hasta 6.000 euros.
ANEXO (ver imágenes páginas 36326 y 36327).
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 265 del Miércoles 3 de Noviembre de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.