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Anuncio de Fusión por Absorción
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 23
bis, segundo, de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre,
reguladora de las Instituciones de Inversión
Colectiva, se hace público:
Que con fecha 15 de enero de 2004, el Consejo
de Administración de Ahorro Corporación Gestión,
S.G.I.I.C., Sociedad Anónima, como Sociedad
Gestora de los Fondos Invercaja 31, F.I.M. (Fondo
Absorbente) e Invercaja 32, F.I.M. y Cajainvest 1,
F.I.M. (Fondos Absorbidos), aprobó por
unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los
mencionados Fondos.
Que con fecha 21 de enero de 2004 el Consejo
de Administración de la Confederación Española
de Cajas de Ahorros, como Entidad Depositaria
de los Fondos Invercaja 31, F.I.M. (Fondo
Absorbente) e Invercaja 32, F.I.M. y Cajainvest 1, F.I.M
(Fondos Absorbidos), aprobó por unanimidad el
acuerdo de fusión por absorción de los mencionados
Fondos.
Que con fecha 17 de febrero de 2004, la
Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó el
Proyecto de Fusión de los citados Fondos
presentado por dichas Entidades, en el que se recoge la
fusión por absorción de Invercaja 31, F.I.M. (Fondo
Absorbente) e Invercaja 32, F.I.M. y Cajainvest 1,
F.I.M. (Fondos Absorbidos), con disolución sin
liquidación de la Entidad absorbida y transmisión
en bloque de todos sus activos y pasivos a la Entidad
absorbente, sucediendo ésta a título universal en
todos sus derechos y obligaciones a la absorbida.
Que como consecuencia de lo anterior, y a los
efectos de lo establecido en la legislación vigente
en materia de Instituciones de Inversión Colectiva,
se comunica a los partícipes de los Fondos
Invercaja 31, F.I.M. e Invercaja 32, F.I.M. el derecho
de separación que les asiste, ejercitable en el plazo
de un mes a contar desde la remisión de la oportuna
comunicación individualizada a los partícipes, sin
deducción de comisión de reembolso ni gasto
alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23
bis, segundo, párrafo 4.o, de la Ley 46/1984, de 26
de diciembre.
Que para los partícipes del Fondo Cajainvest 1,
F.I.M. no procede el citado derecho de separación,
ya que, en la actualidad, el Fondo carece de comisión
de reembolso.
Que asimismo, los acreedores de los Fondos
participantes en la fusión podrán oponerse a la misma
en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de remisión de la correspondiente carta a los
partícipes.
Madrid, 18 de febrero de 2004.-El Secretario
del Consejo, María Isabel Vila
Abellán-García.-6.421.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 48 del Miércoles 25 de Febrero de 2004. Anuncios, Anuncios Particulares.