RESOLUCIÓN 152/2003, de 20 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad de Cataluña.

Suscrito el 23 de octubre de 2003, Convenio entre el Ministerio de

Defensa y el Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad de

Cataluña para la realización de prácticas policiales del Cuerpo de Mossos

d'Esquadra en la Base Militar "General Álvarez de Castro" y su campo

de maniobras anejo, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos

del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho

acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 2003.-El Subsecretario, Víctor Torre de

Silva y López de Letona.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el

Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad de Cataluña para la

realización de prácticas policiales del Cuerpo de Mossos d'Escuadra

en la Base Militar "General Álvarez de Castro" y su campo de maniobras

anejo

En Barcelona, a 23 de octubre de dos mil tres.

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Brauli Duart i Llinares Secretario de

Seguridad Publica del Departamento de Justicia e Interior, como

representante de la Generalidad de Cataluña de acuerdo con el artículo 2 de

la Resolución JUL/71/2003, de 15 de enero, de delegación de funciones

de la Consejera de Justicia e Interior en diversos órganos del Departamento

y de la otra, por el Ministerio de Defensa, el Excmo. Sr. D. Francisco

Boyero Delgado, Inspector General del Ejército, en nombre y

representación del Excmo. Sr. Ministro de Defensa, actuando por delegación de

firma conferida expresamente para este acto.

ACTÚAN

En nombre y representación de las instituciones mencionadas, se

reconocen la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse mutuamente.

ANTECEDENTES DE HECHO

Desde el despliegue del Cuerpo de Mossos d'Esquadra en las comarcas

de Girona, se ha establecido una estrecha colaboración de este Cuerpo

con las diferentes Unidades del Ejército de Tierra ubicadas en la zona;

concretamente, se vienen utilizando habitualmente las instalaciones

militares de la Base Militar "General Álvarez de Castro" de Sant Climent

Sescebes y del Campo de Maniobras anexo para realizar diversas actividades,

tales como uso de aulas para actividades teóricas, tiro con armas

individuales, destrucción de artefactos explosivos y prácticas con medios

antidisturbios.

Hasta el momento, las peticiones se venían realizando con suficiente

antelación por carta o fax, dirigidas al General Jefe de la BRIL. "Urgel"

IV y Comandante Militar de Girona, el cual las autorizaba siempre que

no entorpeciese o retrasase la instrucción propia de las Unidades de la

Base Militar.

JUSTIFICACIÓN

El Cuerpo de Mossos d'Esquadra no dispone de instalaciones

apropiadas y suficientes para realizar la instrucción propia de diversas

especialidades.

Por otro lado, personal de esta Brigada participa habitualmente en

operaciones de mantenimiento de la paz, siendo práctica habitual, llevar

a cabo instrucción tipo policial para el control de masas de personas.

Tener la posibilidad de realizar prácticas conjuntas, supone para las

Unidades de esta Base, una instrucción suplementaria que mejorará

ostensiblemente su futura actuación fuera de nuestras fronteras.

ACUERDO DE COLABORACIÓN

Las actividades a desarrollar por parte del Cuerpo de los Mossos

d'Esquadra en la instalaciones de la Base Militar "General Álvarez de Castro"

de Sant Climent Sescebes y su campo de maniobras anexo, consistirán

en:

1. Actividades de tiro: Utilización de los campos de tiro de armas

individuales, dos o tres veces a la semana, en horario matinal, para realizar

prácticas de tiro los agentes del Cuerpo de las Comisarías de Figueres,

Girona, Roses, Ripoll y Olot.

2. Área Regional de Recursos Operativos de la Región Policial Girona:

Utilización quincenal en horario de mañanas del gimnasio de defensa

personal y duchas.

Utilización todos los martes y jueves de un campo de tiro de 200 m.

en horario de tardes (campos de tiro 3 y 4).

3. Actividades de las Unidades Centrales de Barcelona: (Estas

unidades se desplazarán a las instalaciones militares siguiendo su

planificación prevista de formación y entrenamiento y, cuando concurran

circunstancias extraordinarias, previa comunicación y acuerdo.

Cuando el entrenamiento o formación lo requieran, las unidades podrán

pernoctar en la citada base.)

A. Área del Grupo Especial de Intervención (GEI): Realizará ejercicios

combinados con fuego real.

Tiro en movimiento del tirador (a pie o desde vehículo en marcha);

exclusivamente en los campos de tiro de armas individuales y en la zona

de tiro de ametralladoras y lanzagranadas.

Aproximaciones y tiro de francotiradores, exclusivamente en los

campos de tiro de armas individuales números 3 y 4.

Pruebas de acceso al referido Grupo, en las pistas de atletismo de

la Base y en el campo de maniobras, siempre que se informe previamente

de los itinerarios de paso.

Posibilidad de pernoctar en la citada Base.

Utilización de las masías ubicadas en el recinto para desarrollar

ejercicios tácticos de asalto, diurnos o nocturnos, con utilización de munición

plástica y Simunition FX, así como granadas Stun (de luz y sonido).

En ningún caso se podrá utilizar explosivos fuera de la zona

determinada para estos.

B. Unidad Canina: Se llevarán a cabo diferentes prácticas con perros

especialmente entrenados.

Adiestramiento de perros y búsqueda de drogas y estupefacientes como

medida preventiva y a petición del Jefe de la Base, o cuando haya sospechas

o indicios razonables de su existencia; aprovechando para ello tanto los

dormitorios ocupados por tropa como los no ocupados, así como los

aparcamientos de vehículos oficiales y particulares, y zonas comunes de vida.

Prácticas de búsqueda de personas desaparecidas en zonas boscosas

y en la propia Base.

Para estas prácticas, la Base dispone de un Oficial Veterinario y de

algún Suboficial con el curso de perros detectores de droga y/o explosivos

que podrán asistir para intercambiar conocimientos y asesorar al personal

del Cuerpo de Mossos d'Esquadra sobre cuidado de los canes y zonas

de actuación respectivamente.

La asistencia a estas prácticas de personal de la Base deberá solicitarse

con 15 días de antelación.

C. Unidad TEDAX:

Realización de todo tipo de actividades relacionadas con explosivos,

tanto la destrucción de artefactos en la zona habilitada en el campo de

maniobras, como las prácticas con los robots en supuestos con coches

bomba, neutralización de objetos sospechosos y la instrucción y

adiestramiento de los equipos.

Durante la práctica de estas actividades, un Oficial o Suboficial con

el curso TEDAX o de la especialidad de Ingenieros, o bien un Suboficial

Artificiero podrá acompañarles para intercambiar conocimientos y

asesorar al personal del Cuerpo sobre la zona de prácticas de explosivos

del Campo.

La asistencia a estas prácticas de personal de la Base deberá solicitarse

con 15 días de antelación.

D. Área de Escoltas: Actividades que se llevarán a cabo:

Prácticas generales de técnicas de escolta.

Reacciones con vehículos.

Conducción de reacción.

Ejercicios de tiro en movimiento del tirador (a pie o desde vehículo

en marcha); exclusivamente en los campos de tiro de armas individuales

y en la zona de tiro de ametralladoras y lanzagranadas. Teniendo en cuenta

que estas zonas no están asfaltadas.

Materias teóricas aprovechando las aulas.

Mantenimiento físico y defensa personal (aprovechando la pista de

atletismo y la sala de defensa personal), desde el punto de vista policial

y dirigidos a la función de escolta.

En estas actividades podrá participar personal de la Base (Cuadros

de Mando y Tropa) que disponen del título correspondiente de Protección

de Autoridades.

Empleo de helicópteros (embarque y desembarque).

E. Área de la Brigada Móvil: Actividades que se llevarán a cabo:

Técnicas operativas de intervención policial en control de masas

pacíficas relacionadas con el derecho de reunión y manifestación, con motivo

de acontecimientos deportivos u otros eventos.

Técnicas operativas de intervención policial en control de masas

violentas y actuación en desórdenes públicos, tanto en terreno rústico como

urbano.

Cobertura de itinerarios con motivo de visitas de personalidades

relevantes.

Detención de sospechosos de aspecto peligroso y violento en un

Dispositivo Estático de Control (DEC).

Ejercicios de tiro con materiales especiales y propios de esta Unidad:

pelotas de goma, botes de humo, botes lacrimógenos, granadas de luz y

sonido.

Ejercicios de tiro con fuego real.

Prácticas de intervención motivadas por motines en recintos cerrados

(cárceles), aprovechando para ello las construcciones del interior de la

Base.

Materias teóricas aprovechando las aulas.

Mantenimiento físico y defensa personal policial.

Durante las actividades de Grupos o Unidades del Área de la Brigada

Móvil podrán participar Cuadro de Mando y Tropa, en aquellas prácticas

en que se interesen, siempre que hayan efectuado previamente los cursos

de especialidad (por razones de seguridad y eficiencia de la práctica) o

como formación continuada a partir de una formación previa.

La asistencia a estas prácticas de personal de la Base deberá solicitarse

con 15 días de antelación.

Ejercicios de entradas en locales y viviendas con o sin protección

perimetral externa. Utilización de los vehículos habituales del Área y sus

movimientos en los ejercicios en los cuales sea necesario.

Posibilidad de impartir cursos de la especialidad sobre control de

masas, dirigidos a Cuadros de Mando y tropa, con las siguientes

condiciones:

1. Petición escrita con un mes de antelación.

2. Duración de cinco días hábiles intensivos, de una semana.

Por todo lo expuesto con anterioridad ambas partes acuerdan suscribir

el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El Ministerio de Defensa, por medio de la Comandancia

Militar de Girona, autoriza gratuitamente al Departamento de Justicia e Interior

de la Generalidad de Cataluña, el uso de las instalaciones militares de

la Base Militar "General Álvarez de Castro" y su campo de maniobras

anejo, ubicados en el municipio de Sant Climent Sescebes de Girona, para

las prácticas policiales del Cuerpo de Mossos d'Esquadra establecidas en

las cláusulas de este convenio.

Segunda.-El Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad

de Cataluña y por tanto el Cuerpo de Mossos d'Esquadra, se compromete

a hacer buen uso de las instalaciones cedidas y se responsabiliza de los

daños materiales que puedan causar y se compromete a cumplir las Normas

existentes para la utilización del Campo de Tiro.

Tercera.-Los Agentes del Cuerpo de Mossos d'Esquadra que realicen

cualquier actividad en las citadas instalaciones respetarán las normas de

vida, conducta y horarios de acuerdo con la autorización que haya sido

aprobada por la Autoridad de la Base; debiendo responsabilizarse siempre

de la limpieza de los locales que hayan sido empleados y de la recogida

de casquillos de proyectiles, botes de humo y demás artificios que hayan

sido lanzados en el campo de maniobras y deterioren el entorno natural

del campo.

Cuarta.-Durante las prácticas de tiro, explosivos y de lanzamiento de

artefactos especiales, deberá situarse personal en los caminos de acceso

para impedir el paso de personas o vehículos ajenos a la instrucción que

se esté llevando a cabo, y así evitar accidentes.

Quinta.-1. Las peticiones de uso de cualquier instalación se realizarán

siempre por escrito o fax, directamente al Jefe de la Base Militar Alvarez

de Castro y siempre con un mes de antelación, indicando al menos los

siguientes términos:

Unidad actuante.

Número de efectivos y de vehículos a emplear.

Actividades a desarrollar.

Tipos de armas y modalidad de tiro.

Instalaciones necesarias.

Horario y/o calendario de las diferentes actividades.

Persona de contacto y su número de teléfono/fax.

Nombre y graduación del mando responsable de la Unidad.

2. Las autorizaciones correspondientes se harán también por escrito

o fax, antes de quince días del inicio de la actividad.

3. Cualquier discrepancia sobre estas peticiones serán resueltas por

Órgano que se determine para la supervisión de los Campos de Tiro y

Maniobras en la nueva organización del Ejército.

4. En casos extraordinarios los plazos de tramitación se resolverán

al mínimo imprescindible, por ejemplo, en el caso que se deba proceder

a la destrucción de granadas de la guerra civil.

Sexta.-Cualquier anulación y/o modificación de actividades, también

se hará por ambas partes por escrito, en cuanto se tenga conocimiento.

Séptima.-El Cuerpo de Mossos d'Esquadra se compromete a facilitar

la participación de Cuadros de Mando y Tropa de la Base Militar en las

actividades de instrucción señaladas en los acuerdos de este convenio.

Así mismo el Cuerpo de Mossos d'Esquadra se compromete a facilitar

al personal de la Base Militar que pueda participar en actividades

conjuntas, el material y equipo necesario para realizar las diferentes prácticas.

La asistencia a estas prácticas de personal de la Base deberá solicitarse

con 15 días de antelación.

Octava.-El presente convenio queda abierto a cualquier variación o

sugerencia que las partes firmantes consideren necesario para facilitar

una estrecha colaboración entre ambos organismos.

Novena.-El presente convenio de colaboración tendrá vigencia de 1

año a partir de la fecha de la firma del mismo, pudiendo prorrogarse

o modificarse de mutuo acuerdo entre las partes.

Décima.-El presente convenio de colaboración tiene naturaleza

administrativa. Para la resolución de las dudas interpretativas que plantee,

se acudirá a los principios establecidos en el Real Decreto Legislativo

2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la

Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el resto del

ordenamiento jurídico administrativo.

Undécima.-Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su

interpretación y cumplimiento, serán de conocimiento y competencia del

ordenamiento jurisdiccional de lo contencioso administrativo.

Y en prueba de conformidad cuanto antecede, firman el presente

convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha

arriba indicados.-Por el Ministerio de Defensa, el Inspector General del

Ejército, Francisco Boyero Delgado, Teniente General.-Por la Generalidad

de Cataluña, Brauli Duart i Llinares, Secretario.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 283 del Miércoles 26 de Noviembre de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Defensa.