Anuncio del Servicio Económico Administrativo del Cuartel General y Organismos ubicados en la Jurisdicción Central de la Armada sobre notificación trámite de audiencia en expediente por pago indebido. Don José Manuel Cinza Rey. DNI 32.634.169-K.

En cumplimiento de la obligación legal contenida

en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, se publica la resolución de mayo de

2003 por la que se da trámite de audiencia en

expediente 5390/351/03 por pago indebido relativo a

don José Manuel Cinza Rey, con DNI

32.634.169-K, con último domicilio conocido en

calle San Rufo, número 6, 7.o B, 28011 Madrid,

y cuyo tenor literal es el siguiente:

"Se ha iniciado el expediente con el número arriba

indicado para la determinación de pago indebido

en la Nómina de la Armada, siendo instructor el

Servicio Económico Administrativo del Cuartel

General de la Armada y Organismos Ubicados en

la JUCEN y órgano competente para resolver el

Director de Asuntos Económicos de la Armada,

por delegación del Ministro de Defensa, de acuerdo

con el punto 5 de la Orden del Ministerio de Defensa

22/91, por la que se desarrolla la estructura del

Cuartel General, la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza

en la Armada (B.O.E. 69), modificada por O.M.

Def. 49/1998 (B.O.E. 65), y con el punto Cuarto

de la Orden 4/1996, de 11 de enero, del Ministro

de Defensa (B.O.E. 16).

De lo actuado por este S.E.A. se desprende que

con motivo de su situación en la Armada en

07.10.02, ha recibido usted indebidamente la

cantidad de 1.238,12 euros, con cargo a las nóminas

siguientes:

Octubre de 2002 del 07 al 30.

En la nómina del mes de noviembre de 2002

se practica el cálculo de la reclamación de los

haberes arriba indicados.

Se adjunta copias de los documentos de los que

se desprende esta información.

Si está de acuerdo con ella y reconoce el pago

indebido, puede hacer efectivo el reintegro que pone

fin al expediente, por los siguientes medios:

Metálico.

Transferencia a la C/C n.o 0182 9072 51

0201502114.

Talón nominativo.

Si está en desacuerdo con la misma y no reconoce

el pago indebido o no lo reconoce en todos sus

extremos, le comunico que, de acuerdo con los

artículos 84.1 y 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (B.O.E. de 27.11.92), dispone de

diez días hábiles desde la recepción de esta

notificación para examinar el expediente original en este

S.E.A. y para presentar las alegacioes y pruebas

que estime convenientes. La presentación de

Alegaciones y pruebas puede hacerse en cualquiera de

los Registros y Oficinas a que hace referencia el

artículo 38.4 del citado texto legal.

Asimismo le hago saber que el artículo 254 del

Código Penal establece que "será castigado con la

pena de multa de tres a seis meses el que, habiendo

recibido indebidamente por error el transmitente,

dinero o alguna cosa mueble, niegue haberla recibido

o comprobado el error no proceda a su devolución,

siempre que la cuantía de lo recibido exceda de

cincuenta mil pesetas" y que el artículo 623 del

mismo código establece que "serán castigados con

arresto de dos a seis fines de semana o multa de

uno a dos meses:

Los que cometan estafa, apropiación indebida o

defraudación de electricidad, gas, agua u otro

elemento, energía o fluido o en equipos terminales

de telecomunicación, en cuantía no superior a

cincuenta mil pesetas"."

Madrid, 28 de mayo de 2003.-Alberto Pérez

Álvarez-Quiñones, Jefe del Servicio Económico

Administrativo del Cuartel General y Organismos

Ubicados en la Jurisdicción Central de la

Armada.-48.556.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 267 del Viernes 7 de Noviembre de 2003. Anuncios, Ministerio De Defensa.