CUESTIÓN de inconstitucionalidad núm. 5162-2003, en relación con la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en la redacción dada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscal, Administrativas y de Orden Social, y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, suscrito el 3 de enero de 1999 entre el Estado Español y la Santa Sede.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5162-2003 planteada por la Sala de lo Social, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en relación con la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en la redacción dada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y los arts. III, VI y VII del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede, ratificado por Instrumento de 4 de diciembre de 1979, por posible vulneración de los arts. 9.3, 14, 16.3, 20.1, 23.2, 24.1, 28.2 y 103.3 de la Constitución.

Madrid, 30 de septiembre de 2003.-El Secretario de Justicia.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 244 del Sábado 11 de Octubre de 2003. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.