ORDEN de 12 de septiembre de 2001 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 119/2001,

de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que

se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2001, y con

el fin de atender las necesidades de personal del Ministerio de

Hacienda, en uso de las competencias que le están atribuidas

en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública,

Este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para

ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de

la Hacienda Pública, código 0618, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas,

por el sistema general de acceso libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la Función

Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la

Unión Europea, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de

diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; el

Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo ("Boletín Oficial del

Estado" del 31); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real

Decreto 119/2001, de 9 de febrero, y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición

con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso

selectivo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir del 1 de noviembre de 2001. La duración máxima de esta

fase será de seis meses, contados a partir de la realización del

primer ejercicio de la presente convocatoria.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición, serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante. Estos funcionarios en

prácticas deberán superar el curso selectivo al que se refiere la

base 1.3, el cual comenzará en el plazo máximo de seis meses

a partir de la terminación del fijado en la base 8.1 de la presente

convocatoria.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo

con el procedimiento de calificación previsto en el anexo I de

esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo

24.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, mediante

resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del

órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior,

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados superior al número establecido será nula

de pleno derecho.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional del Reino de Noruega, o de la República

de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendiente

y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales

de países miembros de la Unión Europa, de Noruega, o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Ingeniero Técnico Forestal. En el caso de titulaciones obtenidas

en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que

acredite su homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función

Pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionarios de carrera.

2.3 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de

funcionarios de organismos internacionales, habrán de ajustarse a los

requisitos y condiciones que para su acceso en los Cuerpos y

Escalas de la Administración del Estado, establece el Real Decreto

182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de

nacionalidad española de organismos internacionales a los

Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la solicitud que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas; en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias; en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas; en la Dirección General de la

Función Pública; en el Instituto Nacional de Administración Pública;

en la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio

de Hacienda, y en las representaciones diplomáticas o consulares

de España en el extranjero.

Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del

documento nacional de identidad.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documen

to de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso son las que

se detallan a continuación:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Hacienda.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor consigne el

código 15001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,

consigne el código 15020.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria señale 01.

15. Cuerpo, Escala, Grupo profesional o categoría. Consigne

el texto del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al servicio

de la Hacienda Pública y el código 0618.

17. Forma de acceso: Consigne la letra "L".

18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante. Consigne el

Ministerio de Hacienda.

19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la convocatoria.

21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado de minusvalía

según el dictamen del órgano competente.

25. Consigne en el apartado A) la titulación poseída y en el

apartado B) el idioma elegido para el cuarto ejercicio, de carácter

voluntario.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Ministerio de Hacienda, calle Alcalá, números 5 a 11, de

Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo ("Boletín

Oficial del Estado" del 22), en el plazo de veinte días naturales,

a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al Subsecretario

de Hacienda.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 La tasa por derechos de examen será de 18,03 euros

(3.000 pesetas) y se ingresará en efectivo en cualquier banco,

caja de ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan como

entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero

ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número

0182-9091-51-0200234503 del BBVA.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por

100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

publicación de la presente convocatoria. Será requisito para el

disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren

rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a

participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan

de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante

de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará

en los correspondientes Servicios Públicos de Empleo. En cuanto

a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos

se deberán acompañar a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las entidades

mencionadas supondrá sustitución de trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el

Subsecretario de Hacienda dictará Resolución en el plazo máximo

de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y

excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín

Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren

expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes

admitidos y excluidos y se determinará el lugar o lugares y la

fecha de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán

ser expuestas en todo caso en los Servicios Centrales del Ministerio

de Hacienda, en los de la Dirección General del Catastro, en las

Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en

las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias, así como en

la Dirección General de la Función Pública y en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas. En las listas deberán constar en todo caso los apellidos,

nombre y número del documento nacional de identidad o documento

que acredite la nacionalidad, así como, en su caso, la causa de

exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la Resolución para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo

órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de acuerdo

con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto

de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los

documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución

de los derechos de examen.

En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la

tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y

Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos

indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de

septiembre, corresponderá al Departamento ministerial

convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo

la posterior tramitación para su abono. A estos efectos se aplicará

el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del

Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de

devolución podrá realizarse bien de oficio por la Administración o a

instancia del interesado mediante solicitud dirigida al

Departamento Ministerial convocante.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario de Hacienda, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiese

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas

en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal

que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por

alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la

celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos y

actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente y

Secretario titulares o, en su caso, de los suplentes, y la de la mitad

al menos de sus miembros. Celebrará su sesión de constitución,

previa convocatoria del Presidente, en el plazo máximo de treinta

días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de

la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Dentro de la fase de oposición el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de

Hacienda, a propuesta del Tribunal, a través de la Subdirección General

de Recursos Humanos.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los Órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y de Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas

competentes.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Recursos

Humanos del Ministerio de Hacienda (paseo de la Castellana, 162,

planta 14, 28071 Madrid).

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

A efectos de información se dispone de los teléfonos

91 349 39 67 y 91 349 35 90.

5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá

interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el

plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuaciones de los opositores se iniciará

alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la

letra "Ñ", de conformidad con lo establecido en la Resolución de

la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 12 de

marzo de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), por la que

se publica el resultado del sorteo celebrado el día 5 de marzo

de 2001.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "O", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera

otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima

divulgación, con al menos, veinticuatro horas, de antelación a la

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo

ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya

celebrado la prueba anterior y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario de Hacienda, al que se comunicarán,

asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos

procedentes.

Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el

plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su

notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano

judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública,

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes

aprobados, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de

su documento nacional de identidad o documento que acredite

la nacionalidad.

El Presidente del Tribunal, a través de la Subdirección General

de Recursos Humanos, enviará copia certificada de la lista de

aprobados al Subsecretario de Hacienda, especificando,

igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios. Dicha

lista se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde aquel

en que se haga pública la lista definitiva de aprobados en el "Boletín

Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar

en la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio

de Hacienda, paseo de la Castellana, 162, planta 14, de Madrid,

los siguientes documentos:

A) Fotocopia del documento nacional de identidad o

documento que acredite su nacionalidad.

B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en

el extranjero deberá adjuntarse la credencial que acredite su

homologación.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no la hubieran

tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de

participación. Además deberán presentar, declaración jurada o

promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida en su Estado el acceso a la función pública,

según modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.

D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,

si obtuvieran plaza, mediante certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su

caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo formular opción por la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios

en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto

456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6

de marzo). Igualmente deberán hacerlo así quienes tengan la

condición de personal laboral o funcionario interino.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa

oferta de los mismos.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de

Hacienda, funcionarios de carrera mediante Resolución del

Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que se indicará el destino

adjudicado. Cualquier resolución que contravenga lo

anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

8.7 Con carácter previo a la toma de posesión como

funcionarios de carrera, y hasta que se dicte la Resolución a que

se refiere la base 8.6, los funcionarios en prácticas completarán,

en su caso, su formación a través de un período de prácticas

que se desarrollará en los Servicios Centrales o Delegaciones del

Ministerio de Hacienda. Corresponderá al Ministerio de Hacienda

la fijación de los términos en que se desarrollará este período

de prácticas.

8.8 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.9 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en

colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios

competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 12 de septiembre de 2001.-P. D. (Orden de 22 de

noviembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 25), el

Subsecretario, Rafael Catalá Polo.

Ilmos. Sres. Subsecretario, Subdirector general de Recursos

Humanos y Presidente del Tribunal calificador de las pruebas

selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos

Forestales al servicio de la Hacienda Pública.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

I. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo.

A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de cuatro

ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto el cuarto, que es de

carácter voluntario.

El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito a 14

preguntas propuestas por el Tribunal en un tiempo máximo de tres

horas sobre los siguientes grupos del temario:

I. Derecho Civil (15 temas).

II. Derecho Constitucional y Administrativo (15 temas).

El segundo ejercicio será de carácter práctico y consistirá en

desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de cuatro horas,

la resolución de supuestos, consistentes en:

a) Un supuesto práctico de valoración de bienes agrarios a

efectos fiscales, administrativos o judiciales, y un segundo

supuesto sobre Catastro de Rústica y sus aplicaciones.

b) Comentarios a la vista de la legislación sobre contratos

de las Administraciones Públicas, de una actuación de

contratación con indicación, en su caso, de las irregularidades o errores

observados y formulación de los reparos consiguientes.

Este ejercicio se podrá realizar en una o varias sesiones que

en cualquier caso constituirán una unidad de acto.

Para la realización de este ejercicio, el opositor deberá llevar

consigo el material necesario, que se indicará por el Tribunal al

efectuar su convocatoria.

El tercer ejercicio consistirá en el desarrollo oral de dos temas,

extraídos al azar por el opositor, uno de cada uno de los dos

grupos siguientes:

III. Instrumentos y sistemas de valoración. Valoración agraria

y Catastral (24 temas).

IV y V. Estructura económica y productividad agraria.

Hacienda Pública y Derecho Financiero y Tributario (41 temas).

El opositor, utilizando únicamente el programa de la oposición,

dispondrá de un máximo de diez minutos para preparar un guión

de dichos temas, pasando a continuación, una vez consumidos

o no los diez minutos, a desarrollarlos oralmente durante un tiempo

máximo de treinta minutos.

Los ejercicios primero y segundo se leerán públicamente,

siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten a la lectura.

El cuarto ejercicio, de carácter voluntario, consistirá en una

traducción directa sin diccionario, durante un tiempo máximo de

una hora, de un texto determinado por el Tribunal en un idioma

extranjero de los considerados oficiales en el seno de la Comunidad

Europea, a elección del opositor.

Cada opositor hará constar en la instancia por la que solicita

su participación en estas pruebas selectivas el idioma del que

desee ser examinado, en su caso, consignándolo en el apartado

B) de la casilla 25.

B) Curso selectivo.-Finalizada la fase de oposición, los

aspirantes aprobados en la misma realizarán un curso selectivo, de

una duración máxima de tres meses lectivos, en la Escuela de

Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en

el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de

este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Escuela

de Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará

la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante

el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado

funcionario de carrera.

II. Valoración

Fase de oposición: Los ejercicios se calificarán por el sistema

de puntos.

Cada ejercicio se calificará con una puntuación máxima de

30 puntos, necesitándose un mínimo de 15 puntos en cada uno

de ellos para pasar al siguiente, o en su caso para superarlo.

La puntuación de cada ejercicio estará constituida por la media

aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del

Tribunal eliminándose la más alta y la más baja.

El Tribunal expondrá públicamente la relación de aprobados

en cada ejercicio, especificando la puntuación total o calificación

que hubiera obtenido. Los que no figuren en la relación se

considerarán excluidos y sin ningún derecho a seguir tomando parte

en la oposición.

La calificación final de esta fase vendrá determinada por la

suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los

ejercicios de la fase de oposición.

Curso selectivo: Se calificará con una puntuación máxima de

30 puntos por el total de los trabajos, necesitándose para aprobar

el obtener 15 puntos, como mínimo.

Dicha puntuación se acumulará a la obtenida en la fase anterior

y determinará el orden final de los aspirantes a todos los efectos.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación alcanzada en el curso selectivo, y en caso de persistir

el empate, a la correspondiente al primero, segundo y tercer

ejercicio de la fase de oposición.

ANEXO II

I. Derecho Civil

Tema 1. El Derecho objetivo: Concepto y divisiones. Distinción

entre Derecho objetivo y Derecho subjetivo. Derecho público y

privado. El Código Civil. Las fuentes del Derecho. La

jurisprudencia.

Tema 2. El sujeto del Derecho. Las personas físicas y las

personas jurídicas: nacimiento, extinción y capacidad. El objeto del

Derecho. Las cosas: Especial referencia a los bienes muebles e

inmuebles. Concepto y clasificaciones. El patrimonio. Los frutos.

Los gastos y mejoras.

Tema 3. Los derechos reales. Concepto y diferencias con el

derecho de crédito. Caracteres y clasificación. Derechos reales

reconocidos en la legislación española.

Tema 4. El derecho de dominio. Contenido, extensión y límites.

Adquisición del dominio. Actuaciones que nacen del dominio:

Deslinde, amojonamiento y cierre de fincas. Acción reivindicatoria.

Pérdida de dominio.

Tema 5. La comunidad de bienes y el condominio en el Código

Civil. Concepto y clases. Comunidades especiales de Derecho

común. La comunidad de pastos: Concepto y naturaleza. Montes

vecinales.

Tema 6. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de

usufructo: Concepto, naturaleza y caracteres. Derechos y

obligaciones del usufructuario y del nudo propietario. Constitución,

extinción y transmisibilidad. Derechos de uso y habitación. El

derecho real de superficie. Los derechos reales de censo enfiteusis

y foro.

Tema 7. El derecho real de servidumbre: Concepto, caracteres

y elementos. Clases de servidumbres. Constitución, contenido y

extinción de las servidumbres. Las servidumbres personales.

Servidumbres voluntarias y legales. Servidumbres de regulación

administrativa.

Tema 8. Los derechos reales de garantía. La hipoteca: Concepto

y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La prenda.

La prenda sin desplazamiento. La anticresis.

Tema 9. El Registro de la Propiedad: Concepto, objeto y fines.

La publicidad y protección registral. Legislación reguladora.

Organización del Registro de la Propiedad. La finca registral. Actos

y derechos inscribibles. La inmatriculación de la finca. Medios

de inmatriculación. Concordancia entre el Registro de la Propiedad

y la realidad. El expediente de dominio y sus distintas finalidades.

Su tramitación.

Tema 10. La protección del tercero: La fe pública registral.

Concepto de tercero en la legislación hipotecaria. Alcance y ámbito

de la fe pública registral.

Tema 11. La obligación: Naturaleza, elementos y clases. El

cumplimiento de las obligaciones. El negocio jurídico: Concepto

y clases. Elementos esenciales del negocio jurídico: Concepto y

clases. Elementos esenciales del negocio jurídico. La ineficacia

e invalidez del negocio jurídico.

Tema 12. El contrato: Concepto. El principio de la autonomía

de la voluntad y sus limitaciones. Elementos y objeto del contrato.

Perfección y efectos del contrato. Interpretación ineficacia y

rescisión. Clasificación de los contratos. El contrato de compraventa.

Derechos de tanteo y retracto. El contrato de permuta.

Tema 13. El contrato de arrendamiento. Clases.

Arrendamientos rústicos. Legislación especial. Ámbito de aplicación.

Constitución y contenido. Duración y extinción. Los contratos de

arrendamiento de obras y servicios: Naturaleza, elementos y contenido.

Tema 14. Régimen jurídico de la propiedad forestal. Ley de

Montes. Propiedad forestal. Montes vecinales en mano común y

su regulación. Régimen jurídico de las vías pecuarias. Régimen

jurídico de la agricultura de montaña.

Tema 15. Reforma agraria y Concentración parcelaria.

Adquisición y redistribución de tierras. Actuaciones en comarcas o zonas

determinadas. Concentración parcelaria.

II. Derecho Constitucional y Administrativo

Tema 1. La Unión Europea. Sistema institucional. El

ordenamiento jurídico comunitario y sus fuentes. Su relación con el

Derecho Español. El Tratado de la Unión Europea.

Tema 2. La Constitución española de 1978: Características

y estructura. Los derechos y libertades públicas. La Corona. Las

Cortes Generales. El Defensor del Pueblo. El Tribunal

Constitucional. La reforma constitucional.

Tema 3. El Gobierno: Composición, funciones y relaciones con

otros poderes. El Poder Judicial. La Administración consultiva:

Especial referencia al Consejo de Estado.

Tema 4. Las fuentes del Derecho Administrativo: La

Constitución. La Ley. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley:

Decreto-Ley y Decreto-Legislativo. El Reglamento. La potestad

reglamentaria.

Tema 5. Los ordenamientos autonómicos y las Comunidades

Autónomas. Las entidades municipales y las entidades

provinciales. La Administración institucional. La personalidad jurídica de

la Administración.

Tema 6. La potestad administrativa. La Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Estructura del procedimiento administrativo. El

acto administrativo. Actos nulos y actos anulables. Revisión de

oficio de los actos administrativos.

Tema 7. La revisión de actos en vía administrativa: concepto

y clases de recursos. La jurisdicción contencioso-administrativa:

Naturaleza, extensión y límites. Trámites previos a la interposición

del recurso contencioso-administrativo.

Tema 8. Los contratos administrativos y los contratos privados

de la Administración. El procedimiento de contratación y régimen

legal de los contratos administrativos de obras, servicios y

suministros. Perfección, formalización y extinción de los contratos. La

revisión de precios. Los contratos de consultoría y asistencia, de

servicios y de trabajos específicos y concretos no habituales.

Tema 9. La expropiación forzosa. Naturaleza y justificación.

La Ley de Expropiación Forzosa. Procedimiento de urgencia.

Ocupación temporal.

Tema 10. El dominio público y el patrimonio privado de los

entes públicos. El patrimonio del Estado. Adquisición y

enajenación de bienes y derechos el Estado. El Inventario General de

bienes y derechos del Estado.

Tema 11. Noción del servicio público y modos de gestión del

mismo. Posición jurídica y derechos subjetivos del administrado.

Las sanciones administrativas.

Tema 12. La acción administrativa en relación con las aguas,

las minas, los montes y las costas.

Tema 13. La actividad administrativa en el sector de la

agricultura y el medio ambiente. El Ministerio de Agricultura, Pesca

y Alimentación y el Ministerio de Medio Ambiente: Organización

y funciones. Registros e inventarios agrícolas.

Tema 14. La organización administrativa; sus principios

informadores. Los órganos centrales de la Administración General del

Estado. La Administración periférica. El Ministerio de Hacienda.

Las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Economía y

Hacienda. La Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Tema 15. La Función Pública. Naturaleza de la relación

funcionarial. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial.

Situaciones. Derechos y deberes de los funcionarios. El régimen

disciplinario de la Función Pública. Los derechos pasivos y la

Seguridad Social de los funcionarios. Responsabilidad de la

Administración y sus agentes.

III. Instrumentos y sistemas de valoración. Valoración agraria

y Catastral

Tema 1. Conceptos estadísticos aplicables a la valoración

agraria. Población. Función de densidad. Función de distribución.

Media, moda y mediana. Medida de la dispersión. Distribución

normal. Distribución BETA. Regresión. Muestra. Clasificación de

los diseños de muestreo: Aleatorio, estratificado, sistemático y

muestreo escalonado por etapas.

Tema 2. Los costos agrarios. Definición, determinación y

expresión del precio de costo. Los gastos de explotación. Coste del

funcionamiento de los medios mecánicos, gastos fijos y variables.

La amortización de la maquinaria, cuota anual fija, variable

decreciente. Intereses. Locales. Combustibles y lubricantes.

Reparaciones. Mano de obra. Seguros. La utilización del ganado de labor

y sus costes.

Tema 3. Riqueza agraria, su definición. La propiedad agraria.

Bienes muebles e inmuebles. Teoría del valor. El precio. Relación

entre valor y precio. El capital, la renta. La producción y la renta,

concepto e interacción. El tanto de interés. El riesgo. El Seguro.

Las cargas y la financiación.

Tema 4. Valoración de fincas rústicas. Métodos de valoración:

Métodos clásicos, métodos sintéticos, métodos analíticos.

Determinación de la renta de la tierra.

Tema 5. La valoración de la Empresa agraria: Métodos

estáticos. Métodos dinámicos. Las Sociedades Anónimas agrarias, las

Cooperativas y las Sociedades de Regantes, generalidades sobre

su valoración. Valoración de edificaciones y mejoras de naturaleza

agrícola.

Tema 6. La valoración de bienes económicos, sistemas de

valoración. Valor en venta. Valor en coste. Valor en renta. Métodos

de valoración: Analítico de fincas y su relación con la

determinación del valor de las mismas.

Tema 7. Valoración agraria (I): Valoración de tierras con

cultivos herbáceos, cultivadas o cultivables. Valoración de pastizales

y praderas. Valoración de frutos pendientes de cosechar.

Valoración de viveros. Valoración de semillas. Valoración de ganados.

Valoración de maquinaria. Valoración de pozos y de agua para

riego. Valoración de invernaderos, alojamientos de ganados y otras

construcciones de naturaleza agropecuaria.

Tema 8. Valoración agraria (II): Valoración de plantaciones

de frutales. Determinación del valor del suelo, procedimientos para

su determinación. La valoración del vuelo y metodología.

Valoración conjunta de suelo y vuelo. Variaciones de valor con la edad

de la plantación. Casos especiales.

Tema 9. Valoración agraria (III): Valoración forestal.

Definiciones y principios. Criterios específicos para la valoración. Caso

de monte regular en serie de rodal único, valor de coste y valor

potencial, comparación entre ambos valores. Valoración de

montes regulares ordenados en serie de rodales. Valoración de montes

irregulares. Valoración ambiental. Valoración de arbolado

ornamental.

Tema 10. Valoración legal (I): Valoración de tierras explotadas

en régimen directo, arrendamiento y aparcería. Valoración a

efectos de expropiación forzosa total o parcial. Valoración de

ocupaciones temporales parciales o totales. Valoración, por

expropiación, de los derechos de usufructo, arrendamiento y aparcería.

Expropiación por grupos de bienes. Expropiaciones del uso y su

valoración.

Tema 11. Valoración legal (II): Valoración de censos.

Valoración de usufructos. Valoración de servidumbres. Valoración de

rentas vitalicias. Valoración a efectos de separación de bienes.

Valoración de daños, de bienes sujetos a un contrato general de

seguros y de los amparados por el seguro agrario. Valoración

de daños de bienes no sujetos a seguro. Valoraciones a efectos

de garantía hipotecaria.

Tema 12. Significado y desarrollo histórico de los Catastros.

Aspectos fiscales, jurídicos y económicos del Catastro. El sistema

de "Torrens Act". La importancia de la correcta titulación en la

identificación de la propiedad inmobiliaria. El Catastro y el

Registro de la Propiedad.

Tema 13. Fines del Catastro de Rústica. Finalidades y

aplicaciones estadísticas del Catastro. El Catastro como base para

el estudio de la estructura económica agraria. El Catastro como

inventario detallado de la propiedad rústica. El Catastro y las

propiedades de las Administraciones Públicas. El Catastro como

medio para la obtención de créditos agrícolas.

Tema 14. Cuadro general de caracterización catastral.

Características fiscales: Polígono catastral, Parcela catastral y

Subparcela. Características agronómicas: Calificación. Características

económicas: Clasificación. La cartografía catastral.

Caracterización jurídica: Atribución de dominio. Investigación del estado

posesorio: Cargas, gravámenes y servidumbres. Separación de

dominio.

Tema 15. Configuración actual del Catastro. La determinación

de valores unitarios; fundamentos y estudios económicos

conducentes a la fijación de los valores. Métodos. Valoración de cada

parcela, conceptos que la integran. Proceso de actualización de

los valores. La coordinación de valores. La Comisión Superior

de la Propiedad Inmobiliaria. Las Juntas Técnicas Territoriales

de Coordinación Inmobiliaria. Las Juntas Periciales del Catastro

Inmobiliario Rústico.

Tema 16. Catastro (I): Investigación sobre la propiedad y el

estado posesorio de los bienes inmuebles. Publicidad y

reclamaciones que pueden surgir. Resolución y efectos que producen.

Investigación de las variaciones de datos catastrales, y su

comprobación. Actuaciones inspectoras: Diligencias. Actas.

Instrucción de expedientes sancionadores.

Tema 17. Catastro (II): La documentación gráfica y literal del

Catastro. Normas establecidas en el pliego general de condiciones

técnico-facultativas para la elaboración de trabajos catastrales.

Tema 18. Catastro (III): Renovaciones y actualizaciones de los

Catastros, concepto de unas y otras. Las delimitaciones del suelo

sujeto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, y sus efectos en la

documentación del Catastro de Rústica. Formación de nuevos

Catastros. Los Catastros específicos y su utilidad para el Catastro

de la Riqueza Rústica. Coordinación de unos y otros. La

organización administrativa del Catastro. Competencias de los diversos

órganos y del personal encargado de su realización. Reclamaciones

y recursos, su resolución.

Tema 19. Ordenación de la cartografía oficial. Sistemas

cartográficos. Técnicas actuales. Especial referencia a la

ortofotografía. Cartografía catastral convencional e informatizada.

Tema 20. Normas generales y procedimiento de contratación

de trabajos destinados a la realización de ortofotografías. Pliego

de condiciones administrativas: Procedimiento y forma de

adjudicación. Formalización del contrato. Programa de trabajo.

Desarrollo de los trabajos. Entrega, recepción y liquidación.

Tema 21. Prescripciones técnicas de los trabajos destinados

a la obtención de ortofotografías. Fases del trabajo. Condiciones

técnicas del vuelo. Negativos. Apoyo fotogramétrico.

Aerotriangulación. Ortoproyección. Formato y designación de las ortofotos

contratadas. Pruebas de recepción y verificación de las fases del

trabajo. Errores. Defectos menores y defectos críticos.

Tema 22. Concepto de informática. Sistemas informáticos.

Arquitectura de los ordenadores, procesadores, dispositivos

periféricos. Tipos de ordenador. Redes de ordenadores. Sistemas

operativos. Lenguajes de Programación. Herramientas ofimáticas.

Tema 23. La información: estructura y organización de los

datos: Ficheros. Bases de Datos: Tipología. La Base de Datos

relacional. Los Sistemas Gestores de Bases de Datos.

Tema 24. El Sistema de Información Catastral: Estructura,

componentes y su funcionamiento. El Sistema de Información

Geográfico Catastral. Estructura de la base de datos del catastro

inmobiliario rústico. Formato de recepción de datos: Ficheros

auxiliares. El Fichero Padrón. El Sistema de Gestión Catastral:

funcionalidades, coordinación con otras administraciones.

IV. Estructura económica y productividad agraria

Tema 1. La ciencia económica, concepto y generalidades.

Macroeconomía y microeconomía. La función económica del

Estado. Formas y características del mercado. Los factores productivos.

El ahorro, la inversión y el consumo.

Tema 2. La política económica y sus ciclos. Estabilización y

desarrollo. EI producto nacional y la renta nacional. La distribución

sectorial y territorial de la renta nacional. Estimación de la renta

nacional española.

Tema 3. La inflación y la deflación económica. El control de

la inflación y medidas correctoras. El sistema monetario europeo.

El sistema financiero español. El Banco de España. Las Entidades

oficiales de crédito. La Banca privada. Las Cajas de Ahorros. El

mercado de Valores.

Tema 4. Los Organismos económicos internacionales. El Fondo

Monetario Internacional. El Banco Mundial. La OCDE y la OMC.

El Banco Central Europeo. Los procesos de integración económica

internacional.

Tema 5. La Contabilidad y su concepto. La partida doble,

principios fundamentales. El Plan General de Contabilidad. Estudio

de las cuentas, función y estructura de las mismas. Cuentas

administrativas. Cuentas de activo, con especial referencia al activo

fijo.

Tema 6. Cuentas de pasivo. Cuentas de neto. La amortización.

El resultado de la Empresa. Cuenta de perdidas y ganancias. Notas

esenciales y estructura del balance. La contabilidad en la Empresa

agraria.

Tema 7. Operaciones financieras. Capitalizaciones: Simple y

compuesta. Concepto de rentas. Valores actual y final de las rentas

unitarias. Rentas perpetuas diferidas y anticipadas. Valores actual

y final de las rentas variables.

Tema 8. El crédito y la financiación. Los préstamos: Clases,

requisitos y condiciones. Amortización de préstamos. Tipos de

interés: Nominal, efectivo, fijo y variable. Plazo de amortización.

Vencimientos periódicos. Términos amortizativos: Constantes,

crecientes. Cálculo de anualidades de amortización y del capital

pendiente. Los contratos de "leasing", "factoring" y "renting".

Tema 9. El sector agrario en España. Su importancia en la

economía nacional. Dimensión y distribución por subsectores. La

población activa y su ocupación en el sector agrario. Volumen

y distribución de la población activa agraria. Evolución histórica;

previsiones. Migraciones y emigraciones. Absorción de la

población activa agraria por otros sectores. Distribución de la propiedad

agraria. El minifundio y el latifundio. Las explotaciones agrarias.

Tema 10. Productividad de la tierra. Distribución general de

la tierra: Tierras de cultivo, prados y pastizales, terrenos forestales

y otras superficies. Criterios para la medida de la productividad

de la tierra. Elementos condicionantes: Clima, características

agronómicas, situación y configuración del terreno. Medios para

aumentar la productividad de la tierra: Selección de actividades

y cultivos; dimensión óptima de la explotación; instalaciones y

mejoras; financiación. La administración y dirección de la Empresa

como medio de incrementar la productividad.

Tema 11. El Tratado de la Unión Europea y la política agraria

común. Su reforma. Política de rentas. Política de precios y

mercados. Ordenación de las producciones. Facetas de mayor

importancia. La capitalización agraria como efecto de la reestructuración

de la Empresa agraria y su dimensionamiento. Importancia

económica de los regadíos. Las inversiones agrícolas. El crédito

agrícola. Las inversiones públicas. Crédito agrícola oficial. Las

subvenciones a la agricultura.

Tema 12. Cereales y Leguminosas para grano. Cultivo.

Superficies y producciones. Rendimientos y precios. Comercialización

y transformación industrial.

Tema 13. Hortalizas y tubérculos para el consumo humano.

Los cultivos de invernadero y bajo plástico. Cultivo. Superficies

y producciones. Rendimientos y precios. Comercialización y

transformación industrial.

Tema 14. Cultivos industriales. Cultivos. Superficies y

producciones. Rendimientos y precios. Comercialización y

transformación industrial.

Tema 15. Frutas de pepita, hueso y de fruto seco. Los cítricos.

La uva de mesa. Cultivo. Superficies y producciones. Rendimientos

y precios. Comercialización y transformación industrial.

Tema 16. El viñedo para vinificación. Localizaciones más

representativas. Características del cultivo. Rendimientos y precios. La

intervención del mercado del vino. Consumo interior y exportación

del vino; sus derivados. Los excedentes, problemas que presentan

y soluciones que vienen aplicándose. El catastro vitivinícola. Las

denominaciones de origen y su regulación.

Tema 17. El olivar. Superficies. Cultivo. Rendimientos y

precios, problemas de las explotaciones olivareras. La industria

olivarera. Problemas. Calidades de los aceites. Producciones y

consumo interior. La exportación del aceite de oliva y la política

general de grasas.

Tema 18. La economía y la política forestal. La superficie

forestal de España. Principales especies; su localización geográfica,

con especial referencia a coníferas y frondosas. Las zonas de

matorral, pastos y otras formaciones vegetales. Los montes

adehesados, su importancia económica y ecológica. La lucha contra

la erosión y la política hidrológica forestal. Las especies forestales

de crecimiento rápido: Coníferas, árboles de ribera y eucaliptos,

importancia y distribución geográfica. Rendimientos.

Comercialización de los productos forestales. El papel social y

medioambiental del monte.

Tema 19. Especiales características de la propiedad forestal.

Las repoblaciones forestales. El problema de los incendios

forestales. La administración y gestión técnica de los montes. La

ordenación de los montes, conceptos generales. Influencia del sector

forestal en otros sectores. La caza y la pesca continental,

importancia económica. Principales especies cinegéticas y localización

geográfica. Principales especies piscícolas y su hábitat.

Compatibilidad de la caza con otros aprovechamientos. Principales

industrias derivadas de la primera transformación de los productos

forestales. Enumeración e importancia socioeconómica.

V. Hacienda Pública y Derecho Financiero y Tributario

Tema 1. Concepto contenido y principios de la Hacienda

Pública. Concepto de política fiscal y sus objetivos. Ingresos públicos.

Precios privados y cuasiprivados. Precios públicos. Los precios

políticos. Las tasas y las contribuciones especiales. Las tasas por

inscripción y de acreditación catastral.

Tema 2. El impuesto. Concepto y fundamento. Fuentes.

Concepto de patrimonio y renta. La distribución técnica del impuesto.

El impuesto único y los impuestos múltiples. Impuestos directos

e indirectos, reales y personales.

Tema 3. Tipos esenciales del impuesto. Imposición directa:

Imposición sobre la renta, distintos sistemas. Imposición sobre

el patrimonio. Imposición sobre los incrementos de valor.

Tema 4. Imposición indirecta. Impuesto sobre la circulación

de bienes. Impuestos de fase única y múltiple Impuesto sobre

transmisiones onerosas intervivos. Impuesto sucesorio. Impuesto sobre

los bienes de las personas jurídicas. Impuesto sobre importación

y exportación de mercancías.

Tema 5. Ingresos públicos extraordinarios. Las enajenaciones

patrimoniales. Emisión de papel moneda. Los impuestos

extraordinarios. La Deuda Pública: Tipos fundamentales y técnicas de

emisión, conversión y amortización.

Tema 6. El gasto público: Concepto, clasificación y sus límites.

Efectos sobre la producción y distribución de la riqueza. Teoría

del presupuesto. Concepto y fundamento. Los principios

presupuestarios, clasificación. El presupuesto planificado o por

programas.

Tema 7. La Ley General Presupuestaria. Principios generales.

Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública. Principios básicos

de los Presupuestos Generales del Estado. La Intervención General

de la Administración del Estado. La contabilidad pública: La

Cuenta General del Estado.

Tema 8. La Ley General Tributaria y sus modificaciones.

Principios generales del ordenamiento tributario estatal. Clases de

tributos. El hecho imponible. Las liquidaciones tributarias: la cuota

y la deuda tributaria. Extinción de las obligaciones. El paso y

la prescripción.

Tema 9. La inspección de los tributos. Competencia territorial

y funcional. El procedimiento de inspección tributaria.

Documentación de las actuaciones inspectoras: Especial referencia a las

actas. Tipificación de las infracciones tributarias y cuantificación

de las sanciones tributarias. El procedimiento sancionador.

Suspensión de la ejecución de las sanciones. El delito fiscal.

Tema 10. La inspección catastral del Impuesto sobre Bienes

Inmuebles. Órganos competentes y sus funciones. Tipificación de

las infracciones cometidas ante el catastro. Sanciones y criterios

de graduación de las mismas.

Tema 11. La revisión de actos en vía administrativa.

Procedimientos especiales de revisión: Recurso de reposición y

reclamación económico-administrativa. Los tribunales

económico-administrativos.

Tema 12. El Impuesto sobre la renta de las personas físicas:

Concepto y naturaleza. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La

base imponible. Rendimientos del trabajo, de capital y de las

actividades empresariales o profesionales. Los incrementos y

disminuciones patrimoniales: Determinación de la base liquidable y de

la deuda tributaria. Las retenciones y pagos fraccionados.

Tema 13. El Impuesto sobre sociedades: Concepto y naturaleza.

Ámbito de aplicación. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La

base imponible. La deuda tributaria. La transparencia fiscal

Tema 14. El Impuesto sobre el patrimonio de las personas

físicas. Valoración de los elementos patrimoniales. Medios

ordinarios extraordinarios de comprobación de valores.

Tema 15. El impuesto sobre la renta de no residentes:

Naturaleza, sujeto pasivo, hecho imponible, base imponible, deuda

tributaria. Gravamen especial sobre bienes inmuebles de Entidades

no Residentes.

Tema 16. El impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y

Actos Jurídicos Documentados. El hecho imponible. El sujeto

pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. El impuesto sobre

Sucesiones y Donaciones. El hecho imponible. El sujeto pasivo.

La base imponible. La deuda tributaria. Medios ordinarios y

extraordinarios de comprobación de valores en ambos impuestos.

Tema 17. El impuesto sobre el valor añadido. Concepto y

naturaleza. Ámbito de aplicación. Las entregas de bienes y las

prestaciones de servicios. El hecho imponible, el sujeto pasivo y la

base imponible. Tipos impositivos: Las obligaciones del sujeto

pasivo. La gestión del impuesto. Deducciones y devoluciones.

Regímenes especiales.

Tema 18. Impuestos Especiales. Impuestos Especiales de

Fabricación. Disposiciones comunes. Breve descripción de cada

impuesto. Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte.

Tema 19. La financiación de las Comunidades Autónomas:

Principio de solidaridad. El régimen común. Tributos propios y

cedidos. Participación en los ingresos del Estado y el Fondo de

Compensación Interterritorial. Comunidades Autónomas de

régimen foral: País Vasco y Navarra. Regímenes especiales de

Canarias, Ceuta y Melilla. La financiación de las Haciendas Provinciales

y Locales.

Tema 20. La financiación de las Haciendas Locales. El sistema

impositivo local en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Figuras de imposición obligatoria, especial referencia al Impuesto

de actividades económicas. Figuras de imposición voluntaria,

especial referencia al Impuesto sobre el incremento de valor de los

terrenos de naturaleza urbana.

Tema 21. El Impuesto de bienes inmuebles de la Ley Reguladora

de Haciendas Locales. Antecedentes: Las contribuciones

territoriales. Naturaleza, devengo y período impositivo. Hecho

imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Base liquidable.

Tipo de gravamen. Cuota. Gestión tributaria.

Tema 22. Derechos y garantías de los contribuyentes.

Principios generales. Derechos generales. Información y asistencia en

el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Acuerdos previos

de valoración. Devoluciones y reembolsos. Derechos y garantías

en los procedimientos: Tributarios, de inspección, de recaudación

y sancionador. Recursos y reclamaciones.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en

el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la

Hacienda Pública

Titulares

Presidente: Don Celso J. Bermejo Sánchez, del Cuerpo de

Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.

Vocales:

Doña Amalia Velasco Martín-Vares, del Cuerpo de Ingenieros

Agrónomos.

Don Manuel Gonzalo Alcázar Molina, del Cuerpo de Ingenieros

Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.

Doña Blanca Raventós Soler, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don Raúl López Fernández, del Cuerpo de Abogados del

Estado.

Don José Segura Fuente, del Cuerpo de Ingenieros Técnicos

Forestales al servicio de la Hacienda Pública.

Secretario: Don Luis Maldonado García, del Cuerpo de

Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.

Suplentes

Presidente: Don Antonio Piqueras Martínez, del Cuerpo de

Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.

Vocales:

Don Pedro M. Radigales Valdeavero, del Cuerpo de Ingenieros

Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.

Don Miguel Marañón Barrio, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don Antonio Rodríguez de Prada, del Cuerpo de Titulados

Superiores Instituto Nacional Salud e Higiene en el Trabajo.

Doña M.a del Carmen Barrios Gallego, de la Escala de Gestión

de Organismos Autónomos.

Don José Anastasio Fernández Yuste, del Cuerpo de

Catedráticos de Escuelas Universitarias.

Secretario: Don Antonio Adrados Torres, del Cuerpo de

Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.

ANEXO IV

Don ................................................, con domicilio

en ............., calle ..........................................., y documento

nacional de identidad número ....................., declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del

Cuerpo ..................................., que no ha sido separado del servicio

de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla

inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En ................., a ........ de ................. de ........

ANEXO V

Don ................................................, con domicilio

en ............., calle ..........................................., y

nacionalidad ....................., declara bajo juramento o promete, a efectos

de ser nombrado funcionario del Cuerpo ...................................,

no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que

impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

En ................., a ........ de ................. de ........

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 228 del Sábado 22 de Septiembre de 2001. Autoridades y personal, Ministerio De Hacienda.