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Visto el expediente de indulto de don Igor Arruabarrena Martínez,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa,
en sentencia de fecha 23 de marzo de 1998, como autor de un delito
de rehúse al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses
de prisión e inhabilitación absoluta por un tiempo de diez años, por hechos
cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre
de 2000,
Vengo en conmutar a don Igor Arruabarrena Martínez la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al
servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 11 del Viernes 12 de Enero de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.