RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2000, de la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo, por la que se regula la suplencia del Secretario general de Comercio Exterior.

El artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos. Caso que no se designara suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato de quien dependa.

El Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía al definir en su artículo 11 la correspondiente a la Secretaría General de Comercio Exterior, no ha establecido regulación o designación alguna de suplencia, por lo que ante la conveniencia de regular dicha suplencia, he resuelto:

Primero.-Designar suplente del titular de la Secretaría General de Comercio Exterior, en caso de vacante, ausencia o enfermedad del mismo al Subdirector general de Coordinación y Evaluación Comercial.

Segundo.-Siempre que se ejerza competencias al amparo de la suplencia establecida en la presente Resolución deberá hacerse constar así expresamente en los actos y resoluciones administrativas correspondientes.

Madrid, 25 de septiembre de 2000.-El Secretario de Estado, Juan Costa Climent.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 260 del Lunes 30 de Octubre de 2000. Disposiciones generales, Ministerio De Economía.

Materias

  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Economía
  • Secretaría de Estado de Comercio y Turismo
  • Secretaría General de Comercio Exterior