CUESTIÓN de inconstitucionalidad número 2.861/2000.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2.861/2000, planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de lo Contencioso-Administrativo, en relación con la disposición transitoria segunda de la Ley de Extremadura 3/1996, de 25 de junio, de Atención Farmacéutica de la Comunidad Autónoma, por presunta vulneración del artículo 24.1 de la Constitución Española.

Madrid, 19 de septiembre de 2000.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 237 del Martes 3 de Octubre de 2000. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

Materias

  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Extremadura
  • Oficinas de farmacia
  • Sanidad