RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2000, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscribe a la Escuela de Formación Integral para el Empleo en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas.

La Escuela de Formación Integral para el Empleo ha solicitado, a través

de esta Dirección General, ser inscrita en el Registro Especial de Entidades

para la Formación de Instaladores de Gas, de conformidad con lo

establecido en el capítulo III de la Instrucción sobre Instaladores Autorizados

de Gas y Empresas Instaladoras, aprobada por Orden del Ministerio de

Industria y Energía de 17 de diciembre de 1985 ("Boletín Oficial del Estado"

de 9 de enero de 1986);

Vista la solicitud presentada y demás documentación complementaria

y la Orden de 17 de diciembre de 1985, esta Dirección General de la Energía,

teniendo en cuenta los informes favorables emitidos por la Dirección

General de Industria, de la Consejería de Industria, Turismo, Trabajo y

Comunicaciones del Gobierno de Cantabria, y del Área de Industria y Energía

en Santander, ha resuelto inscribir a la Escuela de Formación Integral

para el Empleo en el Registro Especial de Entidades para la Formación

de Instaladores de Gas, existente en esta Dirección General de Política

Energética y Minas del Ministerio de Economía, con arreglo a las siguientes

condiciones:

Primera.-El ámbito geográfico territorial de actuación para la

impartición de los cursos de instaladores de gas, de categorías IG-I e IG-II, a

que se refiere esta inscripción, estará limitado a la Comunidad Autónoma

de Cantabria.

Segunda.-Cada uno de los cursos teórico-prácticos para la formación

de instaladores de gas que vaya a impartir la Escuela de Formación Integral

para el Empleo deberá ser autorizado previamente por los órganos

territoriales competentes.

Tercera.-La Escuela de Formación Integral para el Empleo deberá

presentar anualmente en los organismos territoriales competentes y en la

Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de

Economía una memoria de actuaciones, de conformidad con lo previsto en

el capítulo III de la citada instrucción sobre Instaladores Autorizados de

Gas y Empresas Instaladoras.

Cuarta.-La inscripción a que se refiere la presente Resolución tendrá

un plazo de vigencia de tres años, pudiendo el interesado solicitar la

prórroga de dicho plazo dentro de los seis meses anteriores a la finalización

del mismo.

Madrid, 4 de julio de 2000.-La Directora general, Carmen Becerril

Martínez.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 184 del Miércoles 2 de Agosto de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.