Real Decreto 1364/2000, de 8 de julio, por el que se declara la jubilación forzosa, por cumplir la edad legalmente establecida, de don Remigio Conde Salgado.

De conformidad con lo establecido en los artículos 131 y 386

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

según redacción dada por la Ley Orgánica 7/1992, de 20 de

noviembre, y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto

legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por Acuerdo

de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial

en su reunión del día 28 de marzo de 2000,

Vengo en declarar la jubilación forzosa de don Remigio Conde

Salgado, Presidente de la Audiencia Provincial de Lugo, por

cumplir la edad legalmente establecida el día 1 de agosto de 2000,

con los derechos pasivos que le correspondan, cuya jubilación

producirá efectos a partir de la fecha indicada.

Dado en Madrid a 8 de julio de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 183 del Martes 1 de Agosto de 2000. Autoridades y personal, Consejo General Del Poder Judicial.