DECRETO 324/1999, de 23 de diciembre, por el que se delimita la zona afectada por la declaración del conjunto histórico del Camino de Santiago (Camino Francés).

El Camino de Santiago fue declarado conjunto histórico por Decreto

2224/1962, de 5 de septiembre, siendo su declaración obviamente anterior

a la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio

Histórico Español, se impone la necesidad de delimitar la zona afectada

por dicha declaración, definiendo el marco acotado y concreto necesario

para encauzar jurídica y materialmente la protección del conjunto.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por

Resolución de 18 de marzo de 1993, incoó expediente para delimitar la zona

afectada por la declaración del conjunto histórico del Camino de Santiago

(Camino Francés).

Con fecha 7 de febrero de 1994, la Universidad de León, y con fecha

8 de junio de 1993, la Universidad de Valladolid, emiten informe favorable

a la pretendida declaración.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto

273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en

materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, el

Consejero de Educación y Cultura ha propuesto delimitar la zona afectada

por la declaración del conjunto histórico del Camino de Santiago (Camino

Francés), y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los

trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente,

acompañando un extracto de éste, en el que constan los datos necesarios para

la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del

Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que

modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial

de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de

Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, visto

el informe de la Asesoría Jurídica de esa Consejería, previa deliberación

de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 23 de diciembre

de 1999, dispongo:

Artículo 1.

Se delimita la zona afectada por la declaración del conjunto histórico

del Camino de Santiago (Camino Francés).

Artículo 2.

El Camino Francés, a su paso por la Comunidad de Castilla y León,

recorre las provincias de Burgos, Palencia y León, afectando a los términos

municipales y núcleos urbanos que se publican como anexo.

La delimitación del conjunto histórico se define, en líneas generales,

por una banda de 100 metros a cada lado de los distintos itinerarios rurales,

con las variaciones que para cada caso concreto defina la documentación

gráfica obrante en el expediente. Documentación que, asimismo, define

la delimitación de cada uno de los itinerarios urbanos.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente

Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan

en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe

interponer, potestativamente, recurso de reposición, ante la Junta de Castilla

y León, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses.

Si se optara por la interposición del recurso potestativo de reposición,

no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la

resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 23 de diciembre de 1999.-El Presidente de la Junta de

Castilla y León, Juan José Lucas Jiménez.-El Consejero de Educación y

Cultura, Tomás Villanueva Rodríguez.

ANEXO

Relación de términos municipales y núcleos urbanos

por los que transcurre el Camino de Santiago en Castilla y León

Término municipal Núcleo urbano

Provincia de Burgos

1. Redecilla del Camino. Redecilla del Camino.

2. Castildelgado. Castildelgado.

3. Viloria de Rioja. Viloria de Rioja.

4. Fresneña. Villamayor del Río.

5. Redecilla del Campo.

-6. Belorado. Belorado.

7. Tosantos. Tosantos.

8. Villambistia. Villambistia.

9. Espinosa del Camino. Espinosa del Camino.

10. Villafranca Montes de Oca. Villafranca Montes de Oca.

11. Arlanzón. Agés.

Santovenia de Oca.

Zalduendo.

12. Barrios de Colina. San Juan de Ortega.

13. Atapuerca. Atapuerca.

14. Cardeñuela-Riopico. Cardeñuela-Riopico.

15. Orbaneja-Riopico. Orbaneja-Riopico.

16. Ibeas de Juarros. Ibeas de Juarros.

17. Castrillo del Val. Castrillo del Val.

18. Cardeñajimeno. San Medel.

19. Burgos. Villafría.

Castañares.

Villayuda o La Ventilla.

Burgos.

20. Villalbilla de Burgos.

-21. Tardajos. Tardajos.

22. Rabé de las Calzadas. Rabé de las Calzadas.

23. Hornillos del Camino. Hornillos del Camino.

24. Iglesias.

-25. Castellanos de Castro.

-26. Hontanas. Hontanas.

27. Castrojeriz. Castrojeriz.

28. Castrillo de Matajudíos.

-29. Itero del Castillo.

-

Provincia de Palencia

1. Itero de la Vega. Itero de la Vega.

2. Boadilla del Camino. Boadilla del Camino.

3. Frómista. Frómista.

4. Población de Campos. Población de Campos.

5. Revenga de Campos. Revenga de Campos.

6. Villovieco. Villovieco.

7. Villarmentero de Campos. Villarmentero de Campos.

8. Villalcázar de Sirga. Villalcázar de Sirga.

9. Carrión de los Condes. Carrión de los Condes.

10. Calzada de los Molinos.

-11. Bustillo del Páramo de Carrión.

-12. Cervatos de la Cueza. Calzadilla de la Cueza.

Cervatos de la Cueza.

13. Ledigos.

-14. Lagartos. Terradillos de los Templarios.

15. Moratinos. San Nicolás del Real Camino.

Moratinos.

16. Villalcón.

-17. San Román de la Cuba. San Román de la Cuba.

18. Pozo de Urama. Pozo de Urama.

19. Villada. Villada.

Pozuelos del Rey.

20. Villalumbroso.

-Término municipal Núcleo urbano

Provincia de León

1. Grajal de Campos. Grajal de Campos.

2. Sahagún. Sahagún.

3. Calzada del Coto. Calzada del Coto.

4. Bercianos del Real Camino. Bercianos del Real Camino.

5. El Burgo Ranero. El Burgo Ranero.

Calzadilla de los Hermanillos.

6. Santas Martas. Reliegos.

7. Mansilla de las Mulas. Mansilla de las Mulas.

8. Mansilla Mayor. Mansilla Mayor.

Villamoros de Mansilla.

Villaverde de Sandoval.

Nogales.

9. Villasabariego. Puente Villarente.

10. Villaturiel.

-11. Valdefresno. Arcahueja.

Valdelafuente.

12. León. Puente Castro.

León.

13. San Andrés del Rabanedo. Trobajo del Camino.

14. Valverde de la Virgen. La Virgen del Camino.

Valverde de la Virgen.

San Miguel del Camino.

Fresno del Camino.

Oncina de la Valdoncina.

La Aldea de la Valdoncina.

Robledo de la Valdoncina.

15. Chozas de Abajo. Chozas de Abajo.

Villar de Mazarife.

16. Villadangos del Páramo. Villadangos del Páramo.

Estación de Villadangos.

17. Santa Marina del Rey. San Martín del Camino.

Villavante.

18. Hospital de Órbigo. Hospital de Órbigo.

19. Villares de Órbigo. Villares de Órbigo.

Santibáñez de Valdeiglesias.

20. Villarejo de Órbigo.

-21. San Justo de la Vega. San Justo de la Vega.

22. Astorga. Astorga.

Murias de Rechivaldo.

Santa Catalina de Somoza.

23. Brazuelo. El Ganso.

24. Santa Colomba de Somoza. Rabanal del Camino.

Foncebadón.

Manjarín.

25. Molinaseca. Acebo.

Riego de Ambrós.

Molinaseca.

26. Ponferrada. Campo.

Ponferrada.

Columbrianos.

Fuentes Nuevas.

27. Camponaraya. Camponaraya.

28. Cacabelos. Cacabelos.

Pieros.

29. Villafranca del Bierzo. Villafranca del Bierzo.

30. Trabadelo. Pereje.

Trabadelo.

31. Vega de Valcarce. La Portela de Valcarce.

Ambasmestas.

Vega de Valcarce.

Ruitelan.

Las Herrerías.

Hospital.

La Faba.

La Laguna.

32. Santovenia de la Valdoncina.

-33. Bustillo del Páramo.

-

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 36 del Viernes 11 de Febrero de 2000. Otras disposiciones, Comunidad Autónoma De Castilla Y León.