RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 1999, de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 17 de diciembre de 1999, sobre aprobación de las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 17 de diciembre de 1999, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, planteada a iniciativa de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, según lo previsto en la Ley 52/1980, de 16 de octubre, Reguladora del Régimen Económico de la Explotación de dicho Acueducto, aprobó las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.

El citado Acuerdo establece que las nuevas tarifas entrarán en vigor el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

En su virtud resuelvo:

Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de diciembre de 1999 por el que se aprueban las tarifas del acueducto Tajo-Segura, que figuran como anexo a esta Resolución.

Madrid, 23 de diciembre de 1999.-El Secretario de Estado, Benigno Blanco Rodríguez.

ANEXO

Acuerdo sobre aprobación de las nuevas tarifas para el aprovechamiento del Acueducto Tajo-Segura

Aprobar las siguientes tarifas de conducción de las aguas del acueducto Tajo-Segura, propuestas por el Ministerio de Medio Ambiente.

1. Para las aguas trasvasadas al sureste. La tarifa comprende los siguientes valores:

(VER IMAGEN PÁGINA 46611)

Riegos -Ptas/m3 Abastecimientos -Ptas/m3

a) Coste de las obras.......... 2,1451 4,4232 b) Gastos fijos de funcionamiento..................... 1,7053 1,7053 c) Gastos variables de funcionamiento..................... 9,8454 9,8454

Total........................ 13,6958 15,9739

2. Para las aguas propias de la cuenca del Segura que utilicen la infraestructura del Acueducto Tajo-Segura. La tarifa comprende los siguientes valores:

(VER IMAGEN PÁGINA 46611)

Riegos -Ptas/m3 Abastecimientos -Ptas/m3

a) Coste de las obras.......... 0,9361 4,1582 b) Gastos fijos de funcionamiento..................... 1,1891 1,1891 c) Gastos variables de funcionamiento..................... 2,2068 2,2068

Total........................ 4,3320 7,5541

3. Para las aguas que se deriven a la cuenca alta del Guadiana. La tarifa comprende los siguientes valores:

(VER IMAGEN PÁGINA 46611)

Abastecimientos de Albacete -Ptas/m3

Tablas de Daimiel -Ptas/m3

a) Coste de las obras.......... 0,3628 2,7257 b) Gastos fijos de funcionamiento..................... 0,0343 0,0343 c) Gastos variables de funcionamiento..................... 6,3145 6,3145

Total........................ 6,7116 9,0745

4. Para las aguas propias de la cuenca del Júcar que utilicen la infraestructura del Acueducto Tajo-Segura. La tarifa comprende los siguientes valores:

(VER IMAGEN PÁGINA 46611)

Abastecimiento de Albacete -Ptas/m3

Marina Baja -Ptas/m3

a) Coste de las obras.......... 6,3641 3,3291 b) Gastos fijos de funcionamiento..................... 1,6511 0,4085 c) Gastos variables de funcionamiento..................... 1,7885 0,0000

Total........................ 9,8037 3,7376

Las tarifas entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 313 del Viernes 31 de Diciembre de 1999. Otras disposiciones, Ministerio De Medio Ambiente.

Notas

  • Aplicable desde el 1 de enero de 2000.

Materias

  • Abastecimiento de aguas
  • Acueducto Tajo-Segura
  • Tarifas