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Visto el expediente de indulto de doña María Carrasco Díaz, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en
virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en
el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Primera
de la Audiencia Provincial de Cádiz que, en sentencia de fecha 18 de
septiembre de 1998 le condenó, como autora de un delito contra la salud
pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 2.000.000
de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y
derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 1997, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de noviembre de 1999,
Vengo en conmutar a doña María Carrasco Díaz la pena privativa de
libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 26 de noviembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 306 del Jueves 23 de Diciembre de 1999. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.