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Visto el expediente de indulto de don Ángel Luis Robledo Neila, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 4 de Tarragona, en sentencia de fecha
3 de octubre de 1996, como autor de un delito de robo con fuerza en
las cosas, a la pena de seis meses y un día de arresto mayor, con las
accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 5 de febrero de 1999,
Vengo en conmutar a don Ángel Luis Robledo Neila la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento por otra de ciento ochenta
díasmulta, a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma
de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a
condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años,
desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 5 de febrero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 47 del Miércoles 24 de Febrero de 1999. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.