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Visto el expediente de indulto de don Francisco Hernández Mata, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, en
sentencia de fecha 15 de octubre de 1996, como autor de un delito contra
la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión
menor y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 5 de febrero de 1999,
Vengo en conmutar a don Francisco Hernández Mata la pena privativa
de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 5 de febrero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 47 del Miércoles 24 de Febrero de 1999. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.